Pasada la fiebre del suelo hipotecario, parece que la cláusula abusiva que más dará que hablar en 2018 será la que obligaba a los consumidores a abonar todos los gastos de hipoteca. Ya hace más de dos años que el Tribunal Supremo (TS) declaró abusiva esta práctica, pero a día de hoy todavía hay muchos consumidores que no saben exactamente cuánto dinero pueden llegar a recuperar. Por ello, desde el comparador financiero HelpMyCash.com han resumido en tres sencillos puntos el procedimiento que hay que seguir para reclamar la devolución de lo pagado de más por este concepto.

Primer paso: reunir todas las facturas

Según HelpMyCash.com, lo primero que hay que hacer es reunir todas las facturas de los gastos de constitución de la hipoteca --no hay que confundirlos con los asociados a la compraventa, que sí tiene que pagar íntegramente el prestatario--: los aranceles notariales y registrales, los honorarios de la gestoría, el coste de la tasación y lo abonado en concepto de impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD). De este modo, se podrán reclamar al banco que nos devuelva una suma de dinero concreta.

Eso sí, hay que tener presente que es posible que no recuperemos todos estos gastos. En general, los tribunales sí consideran que los honorarios del notario y del registrador también tienen que abonarlos los bancos, así como la factura de la gestoría, pero no ocurre lo mismo con el IAJD. Así, mientras que algunos jueces han sentenciado que el pago de este tributo corresponde a las entidades por ser el sujeto pasivo de la operación, otros han fallado que la banca no tiene que devolver lo abonado por este impuesto. Algo parecido ocurre con los gastos de tasación: algunos juzgados han ordenado su devolución, pero no es la posición mayoritaria.

Segundo paso: reclamar al banco

Una vez reunidas todas las facturas, si preferimos evitar la vía judicial, podemos interponer una reclamación formal ante el servicio de atención al cliente de la entidad financiera con la que suscribimos la hipoteca. Es muy probable que su respuesta sea negativa, pero si accede a devolver lo pagado de más, se recuperará el dinero más rápido que si acudiéramos a los tribunales.

Si no se recibe ninguna respuesta durante un mes o la entidad rechaza nuestra petición, se puede elevar nuestra queja al Banco de España. En un plazo máximo de dos meses, esta institución emitirá un dictamen sobre la situación que, pese a no ser vinculante, puede ser útil para interponer una nueva reclamación ante la entidad o para reforzar nuestra posición si recurrimos a la vía judicial.

Tercer paso: recurrir a los juzgados de cláusulas abusivas

En el caso de que la reclamación al banco fracase, siempre queda la opción de presentar una demanda ante los juzgados. Desde el comparador HelpMyCash.com aseguran que hay muchos despachos de abogados dispuestos a llevar nuestro caso sin cobrarnos nada por adelantado --sus honorarios son un porcentaje de lo recuperado--, aunque hay que tener en cuenta que el juzgado tardará varios meses en pronunciarse y que, si se pierde el pleito, habrá que pagar todas las costas asociadas al proceso.

En cambio, si se gana el juicio, el banco estará obligado a abonar los gastos judiciales y a devolvernos el dinero que ordene el magistrado, que como hemos dicho, puede ser menos de lo reclamado. La demanda la podemos interponer ante los juzgados que se crearon específicamente para resolver temas relacionados con las cláusulas abusivas de las hipotecas --el suelo, los préstamos multidivisa, etc--.