Espiar a un trabajador a través del GPS de su tableta o su móvil y despedirlo al descubrir que no está dónde dice estar es legal. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha avalado que una empresa echara a un comercial al descubrir que cobraba dietas cuando en realidad se encontraba en su casa en horario laboral.
La compañía lo descubrió al monitorizar la ubicación de su tablet en noviembre de 2015. El empleado recibió una notificación de su empresa en la que le avisaban que se había detectado un “incumplimiento reiterado y sistemático de su jornada laboral”, sumado a un “grave fraude” por el cobro de las dietas.
El rendimiento
La compañía le obligó a devolver el importe que supuestamente destinaba a comidas y confió en que el trabajador cambiaría su actitud. El comercial, hizo caso omiso a las advertencias y finalmente fue despedido. La sentencia del TSJA establece un precedente importante sobre el control de los trabajadores a través del GPS. También establece el rendimiento del trabajador como causa de despido.
La compañía argumentó que la productividad había bajado porque el empleado no cumplía con la jornada establecida en su contrato. Las dudas sobre la posibilidad de rastrear los dispositivos del trabajo de un empleado estaban abiertas hasta ahora. Comunicar al trabajador que se le está monitorizando su geolocalización es fundamental.