Los autónomos tendrán la posibilidad de deducir del IRPF hasta 6.400 euros anuales en dietas. Las condiciones para descontar la manutención es que el gasto tenga relación con la actividad profesional o empresarial, que el pago se realice en establecimientos de restauración y hostelería y con un medio de pago electrónico (tarjetas de crédito y débito, transferencia y cheque electrónico).
El Ministerio de Hacienda lo ha aclarado a través de una nota explicativa de las nuevas medidas recogidas en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, publicada recientemente en el BOE. En concreto, el importe máximo para cada factura será de 26,67 euros y 48,08 euros si se produce en el extranjero. Si el trabajador autónomo tiene que pernoctar, la cantidad se duplica.
IBI, comunidad de propietarios y amortizaciones
La deducción máxima al año es de 6.400 euros, es decir, que cubre la manutención de 240 días. En cuanto a los suministros, no sólo se pueden descontar la electricidad, agua, gas, telefonía e internet. Según informa Autónomos y emprendedores, el Gobierno indica que los gastos propios de la titularidad de la vivienda, como el IBI, la comunidad de propietarios y las amortizaciones, también son deducibles.
Esa deducción será proporcional a la parte del domicilio que se destina a la actividad profesional y al porcentaje de titularidad de la vivienda que tenga el autónomo. La deducción también estará relacionada con el gasto destinado al trabajo del autónomo, ya que los suministros no son un gasto fijo. El cálculo se hace en base al 30%, que se aplica a la proporción entre los metros cuadrados destinados a la actividad profesional y la superficie total.