La multa europea por el monopolio de la estiba española será, finalmente, de tres millones de euros. Así lo ha sentenciado este jueves, 13 de julio, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha rebajado la petición de 24 millones de la Comisión Europea por el retraso en la aprobación de la reforma del sector.
El incumplimiento de la normativa se considera “grave” por el tiempo en que se produjo, durante 29 meses. Fue en diciembre de 2014 cuando el TJUE emitió la primera sentencia que obligaba a España a modificar el sistema laboral y empresarial de la carga y descarga de mercancías en los puertos.
La reforma llegó en mayo de 2017, cuando el Congreso aprobó el real decreto ley que terminó con el monopolio y liberalizó el sector tras un conflicto que todavía no se ha resuelto entre estibadores, empresas y el Ministerio de Fomento. Tras meses de negociaciones y algunas jornadas de huelga, los estibadores negociarán con la patronal Anesco un nuevo convenio durante el verano, que han asegurado que será tranquilo.
El arma del Gobierno
Las pérdidas económicas fueron el principal argumento del Gobierno para presionar con una nueva normativa que, según los estibadores, "iba más allá de la sentencia europea" y "desmantelaba la estiba y los derechos de los trabajadores". El ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, aseguraba que el precio a pagar de las arcas públicas sería superior a 23 millones de euros por la primera multa.
Además, afirmaba que Bruselas impondría una segunda sanción económica que sería de 134.122 euros diarios por la tardanza en la aplicación de la reforma. Esta segunda multa que solicitaba la Comisión Europea ha sido desestimada por el alto tribunal, por lo que el importe final será de tres millones de euros.