La Conselleria de Trabajo del Govern balear ha impuesto a Iberia una sanción administrativa de 25.000 euros por considerar discriminatorio que solicitara a las aspirantes un análisis de orina que permitía conocer si estaban embarazadas.
La Inspección de Trabajo propuso la sanción administrativa por infracción tras desestimar las alegaciones de la aerolínea al considerar que la obligación de informar sobre la situación embarazo no es adecuada durante un proceso selectivo sino después de la contratación.
Ya no se aplica
La compañía aérea ha asegurado que ya no exige el test para la contratación de mujeres y que "el embarazo nunca ha sido un limitante para formar parte de la empresa”, según ha respondido a una cliente a través de la cuenta oficial de Twitter de Iberia.
La aerolínea puede plantear recurso de alzada contra dicha sanción y también podría impugnarla por vía judicial.
“Motivos de seguridad”
El proceso de selección de personal que llevaba a cabo una empresa de trabajo temporal externa fue revisado hace alrededor de un año, tras la negativa de una mujer a someterse a la prueba. Según fuentes de la conselleria, la aspirante fue expulsada del proceso. En su respuesta vía Twitter a una usuaria, Iberia le explica que esta prueba "solo se aplicaba para precautelar el bienestar del bebé y de la futura madre, si ése era el caso".
En estos momentos, afirma Iberia, ya no se pide esta prueba y se confía en "la responsabilidad de la mujer al comunicar su estado con anticipación; de esta forma se pueden adecuar sus funciones temporales. El embarazo nunca ha sido una limitante", subraya la compañía.
Iberia alegó que la prueba se llevaba a cabo por motivos de seguridad, con el objetivo de proteger a trabajadoras que estuvieran embarazadas y aplicar el protocolo de prevención de riesgos laborales adecuado a estos casos.