La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a una cooperativa de profesores contra Banco Santander. La Justicia condena a la entidad a devolver 1,7 millones de euros a los docentes, con quienes suscribió un contrato de permuta financiera (swap). El producto queda cancelado y los gastos los asumirá el banco.
Los hechos se remontan al 29 de febrero de 2008. La cooperativa encontró en el Santander la financiación (14,2 millones) para levantar un colegio concertado en una parcela concedida por el Ayuntamiento de Moralzarzal.
La cláusula de la discordia
En el contrato aparecía una cláusula en la que se pactaba la obligación de la cooperativa de suscribir un contrato de cobertura frente a la subida de los tipos de interés que fue diseñada unilateralmente por el banco, según la sentencia, a pesar de que “ya entonces conocía que la tendencia de los tipos era a la baja y no al alza”.
Aquel 20 de junio, el Santander procedió a suscribir con la cooperativa un swap, que al mes siguiente cedió parcialmente a La Caixa. Los profesores demandaron, por ello, a los dos bancos. Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia número 49 de Madrid desestimó la demanda en enero de 2016.
Las alegaciones
El Santander alegó que la cooperativa había aceptado libremente las condiciones de financiación, y que los profesores disponían de conocimientos suficientes para valorar el producto. En definitiva, que había cumplido con sus obligaciones legales y contractuales.
La Caixa alegó que había sido completamente ajena a la contratación y añadió que de los documentos aportados por la cooperativa se desprendía que no se trataba de un contrato de mandato, sino de una oferta de financiación bajo determinadas condiciones.
Recurso de casación
Ahora, la Audiencia Provincial ha estimado el recurso de apelación presentado por el colegio. Se dirige exclusivamente al Santander, que “incumplió el contrato de mandato y la Ley del Mercado de Valores al escoger el producto de cobertura, incumpliendo también sus deberes de información tanto precontractual como poscontractual y ocasionando numerosas pérdidas a la actora”.
Así, la sentencia queda revocada, aunque cabe recurso de casación por parte del Santander, que dispone de 20 días para presentarlo desde la notificación de la condena.
La condena contempla que la restitución del dinero a la cooperativa debe hacerse previa compensación de las cantidades abonadas por el Santander y La Caixa, más los intereses devengados. La entidad debe asumir también los gastos de cancelación del swap y transferir a La Caixa (ahora Caixabank) su parte, al tiempo que las costas son impuestas únicamente al Santander.