Miguel Ángel Fernández Ordóñez (Mafo), Fernando Restoy y Julio Segura, de izquierda a derecha, en imágenes de archivo / FOTOMONTAJE DE CG

Miguel Ángel Fernández Ordóñez (Mafo), Fernando Restoy y Julio Segura, de izquierda a derecha, en imágenes de archivo / FOTOMONTAJE DE CG

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La Audiencia Nacional ordena imputar a Fernández Ordóñez por 'caso Bankia'

El juez Fernando Andreu citará también como investigados a Fernando Restoy y Julio Segura, ex presidentes de la CNMV

13 febrero, 2017 13:51

La Audiencia Nacional ha ordenado al juez instructor del caso Bankia, Fernando Andreu, que cite como investigados al exgobernador del Banco de España Miguel Ángel Fernández Ordóñez; y a los expresidentes de la CNMV Fernando Restoy y Julio Segura por las supuestas irregularidades en la salida a bolsa de la entidad. Restoy también había sido subgobernador del Banco de España.

En un auto conocido este lunes, la sección tercera de la sala de lo penal admite parcialmente el recurso interpuesto por la acusación popular de la Confederación intersindical de crédito (CIC) y acuerda además llamar como investigados a otros altos responsables del Banco de España: Pedro Comín, Mariano Herrera, Pedro González, Jerónimo Martínez Tello y Javier Arístegui.

Desoyeron las advertencias

Según el escrito, todos ellos autorizaron la operación de la salida a bolsa de Bankia "pese a las reiteradas advertencias del equipo de inspección del Banco de España" sobre la inviabilidad del grupo, y de que la solución "no debía ser aprobada, pues suponía grave perjuicio para accionistas, preferentistas y contribuyentes".

En este sentido, valora los testimonios recabados, así como los correos electrónicos intercambiados por el inspector del Banco de España José Antonio Casaus con sus superiores. Asimismo, califica de "razonable y razonada" la pretensión de la CIC al estimar que existen indicios "múltiples, bastantes y concurrentes de criminalidad" en esta conducta.

Sin calirficación jurídica

Los jueces consideran no obstante en la fase actual de la instrucción, tal y como sostienen los recurrentes, no es el momento procesal para circunscribir el ámbito del procedimiento a una determinada calificación jurídicas de los hechos (posible estafa de inversores del artículo 182 bis del Código Penal), como ha realizado el instructor, sino que no procede verificarse hasta finalizada la investigación.

La sala rechaza otras peticiones de la acusación popular, como la solicitud de que se oficie al Banco de España para que aporte todos los correos electrónicos remitidos y recibidos desde su dirección corporativa entre José Antonio Casaus y Pedro Comín, por tratarse de una diligencia "manifiestamente excesiva".

El rechazo de Andreu

El último rechazo de Andreu a la citación de todos estos responsables la acordó el pasado 28 de noviembre, si bien la sala da por buena la tesis de los recurrentes sobre el hecho de que la jefatura del Banco de España, con carácter previo a la salida a bolsa de BFA-Bankia, "tuvo noticias directas y fehacientes de la inviabilidad del grupo y de a inidoneidad de su salida a bolsa en la modalidad de doble banco consta indiciariamente acreditado en las diligencias" a través de la testifical del jefe e la inspección del Banco de España", José Antonio Casaus el pasado 5 de septiembre, que el tribunal califica de "contundente".

En dicha testifical, se dio cuenta de que la conclusión de los inspectores "había sido reiterada y puntualmente transmitida a la dirección del banco hasta en cuatro ocasiones, mediante otros tantos correos electrónicos, en abril y mayo de 2011, documentos que corroboran su versión según constata la Sala-.

No tuvo tiempo

Los correos fueron entregados a Andreu el 11 de octubre del pasado año, por lo que no pudieron ser ponderados por el juez en la resolución por la que, el pasado 1 de julio denegó por primera vez la solicitud del CIC de llamar a declarar a los máximos responsables del Banco de España y la CNMV por la operación bursátil.

La sala, integrada por los magistrados Antonio Díaz Delgado, Clara Eugenia Bayarri y Ana María Rubio, considera que "ante la existencia de nuevos indicios de criminalidad contra determinadas personas, las anteriores resoluciones denegatorias han de ser revisadas". Da por hecho el que Casaus trasladó las conclusiones del equipo de investigación al entonces jefe del grupo, Pedro Comín.

"La inviabilidad del proyecto"

Tras reproducir el contenido de los cuatro correos, la sala concluye que no se deja lugar a dudas sobre la "expresa, previa y contundente información que la dirección del Banco de España, tuvo, tempestivamente, acerca de la inviabilidad del grupo y la falacia de los resultados presentados efectuada por el equipo de inspección del mismo Banco de España".

Otros indicios apuntados por la Sala son los informes de seguimiento emitidos por el equipo de inspección y los informes periciales realizados por los inspectores designados en su día por el juez instructor.

En su auto denegatorio de las citaciones, Andreu razonaba que las decisiones de gestión son "exclusiva responsabilidad" de los órganos de administración y dirección, en este caso, los consejos de administración de Bankia y su matriz. En su opinión esta decisión fue "perfectamente legítima" aunque errónea y no debe ser objeto de investigación penal.