Millones de afectados han celebrado la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que anulaba las cláusulas suelo que no son transparentes en España. Años ha pasado desde que aparecieran en los contratos hipotecarios y desde que el Supremo español marcara su devolución desde mayo de 2013.
La decisión del alto tribunal europeo ha provocado que el Gobierno aprobara este viernes un real decreto que establece un sistema extrajudicial para agilizar las devoluciones de los clientes y evitar el colapso de los juzgados.
¿Cómo funciona este mecanismo? El comparador de hipotecas HelpMyCash.com nos explica los detalles:
- Sólo es para consumidores
Una de las piezas clave en la reclamación sobre el suelo hipotecario es el concepto de “consumidor”. Cientos de hipotecas destinadas a fines comerciales (como locales o naves industriales) se encontraron igualmente con limitaciones sobre el interés en sus contratos, pero desafortunadamente para ellos sus reclamaciones no prosperaron debido a la naturaleza del préstamo. La ley de transparencia se aplica, pues, a todas aquellas suscritas a título personal, para uso privado.
- Obligación de comunicar a todos los afectados
Las entidades tienen la obligación de informar a todos los consumidores con cláusulas suelo en sus contratos la existencia de un proceso extrajudicial para establecer la reclamación.
- Obligación de comunicar cuando no procede la devolución
Este punto ha despertado bastante revuelo, ya que en esencia permite que la entidad se niegue a devolver el dinero si considera que el contenido del contrato del cliente se ajusta perfectamente a las imposiciones de transparencia que exige la ley. La devolución no será general, sino selectiva y a juicio de la entidad.
Con todo, el banco tendrá que comunicar a los clientes los motivos por los que considera que la devolución no es procedente.
- Tres meses de plazo máximo
El mecanismo para la devolución de la cláusula suelo que dispone el Gobierno estará disponible para el cliente, pero sólo se activará a petición de este. Deberá reclamar y después el banco estará obligado a dar una solución en un plazo máximo de tres meses.
- Suspensión del procedimiento judicial
Si el cliente y la entidad ya se encontraran en un proceso judicial, este queda suspendido hasta conocer la resolución del nuevo mecanismo de devolución.
- Coste del mecanismo
El sistema no tendrá coste alguno para el cliente y serán los bancos los encargados de establecer departamentos en sus sedes que gestionen el proceso.
- Explicación del mecanismo
Las entidades tienen la obligación de comunicar tanto en las oficinas como en sus portales web la existencia de este servicio. También es obligatorio gestionar las reclamaciones en un periodo no superior a tres meses desde la solicitud del usuario, explicar la normativa de transparencia y describir su contenido.
- Tiempo de respuesta del cliente
Una vez que el cliente haya recibido la oferta dispondrá de un plazo de 15 para indicar si está de acuerdo con el trato o no. De forma inicial, la oferta deberá hacerse en efectivo. Las entidades podrán plantear otras maneras de reembolsar la deuda.
Son los clientes los que deben aceptar esta vía alternativa, no se puede imponer por parte del banco. Si dan el visto bueno, deberá quedar constancia por escrito. Los propietarios del préstamo hipotecario tendrán un nuevo documento que se deberá guardar a buen recaudo.
- Fiscalidad del acuerdo
Las cantidades devueltas por las cláusulas suelo no estarán sujetas a retenciones fiscales. Sin embargo, si el cliente realizó alguna desgravación por las cantidades incluidas en el suelo durante anteriores periodos fiscales deberá invertir la situación. En el decreto se indica también que si se apuesta por la amortización de la hipoteca en lugar de la devolución en efectivo no sería necesario pagar impuestos sobre esta cantidad.
En caso contrario, será necesario llevar a cabo una complementaria. Se realizará sin sobrecargo alguno o intereses de demora.
- Órgano de control
El Gobierno establecerá un órgano de control encargado de seguir, controlar y evaluar las reclamaciones de la cláusula suelo. Este organismo emitirá un informe semestral donde se detalle el desarrollo de las devoluciones, especialmente en el caso de personas vulnerables. Además, podrá proponer medidas necesarias para corregir fallos en el sistema, en caso de considerarse oportuno. Los bancos por ahora no estarán representados.