La sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) deberá tomar partido en la batalla abierta desde el verano por una de las concesiones más antiguas del Circuito de Barcelona-Cataluña. La unión temporal de empresas (UTE) formada por New Media y Crambo Alquiler ha recurrido la decisión del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público (TCCSP), la antigua Oarcc, del pasado mayo de anular la concesión del servicio para habilitar pantallas gigantes para que el público y los técnicos sigan las carreras de Fórmula 1 y el Gran Premio de Motociclismo en el templo de la velocidad de Montmeló.
Se esperaba que la unión de empresas diera el paso para defender una adjudicación valorada en 1,4 millones de euros y con cuatro años de vigencia. Lo que se sale del guión habitual en la licitación pública es la tensión que ha generado entre la UTE, el operador del circuito y la sociedad Hispasart, filial de la catalana Stereo Rent que impulsó el primer recurso para anular el concurso.
Desencuentro con Joan Fontserè
Los ejecutivos de esta compañía denunciaron previamente que la dirección del Circuito hacía oídos sordos a la decisión del TCCSP a pesar de que sus resoluciones son de carácter ejecutivo. Incluso le mandaron un Burofax en julio en el que señalaban que iban a reclamar daños y perjuicios por la dilación en cumplir con la sentencia.
Intentaron establecer un espacio de diálogo con el director de la pista de carreras, Joan Fontserè, para intentar buscar una solución en que se cumpliera la resolución del TCCSP y fuera aceptada por todas las partes. Pero el proceso cayó en saco roto. Los implicados incluso señalaron que el cabeza de lista de CDC en Sant Feliu de Codines (Barcelona) había mostrado su interés personal por la valenciana Crambo Alquiler incluso antes de la propuesta.
Los desencuentros se han intensificado en los últimos meses, añaden. Han llegado al punto en que se ha negado la entrada de Stereo Rent al Circuito con proyectos ajenos a las pantallas de la discordia. Consideran que se trata de un comportamiento arbitral contra el que no descartan iniciar nuevas acciones legales.
Discrecionalidad de la valoración técnica
El TSJC deberá decidir ahora si el TCCPS tenía razón en considerar que la adjudicación del servicio pecaba de discrecionalidad al valorar las ofertas técnicas. La empresa externa que hizo el análisis de este apartado se limitó, según la institución presidida por Juan Antonio Gallo, a realizar una “simple descripción del que se ofrece o presenta (y, para el caso de la recurrente, además, la indicación de lo que parece que no ofrece o contiene) con una conclusión final genérica”.
Circuito de Barcelona-Cataluña ha dejado claro a las partes que no abrirá una nueva resolución hasta que el proceso judicial concluya.