Los hermanos Higini y Ramon Cierco, accionistas mayoritarios de Banca Privada d’Andorra (BPA), han conseguido este lunes vencer por primera vez al Gobierno del Principado en los tribunales por la intervención y la posterior venta de la entidad a un fondo buitre que el sector financiero español se había quitado de encima, JC Flowers.
El Tribunal Constitucional de Andorra ha reconocido que se vulneraron los derechos de la familia al no publicitarse el informe del Instituto Nacional Andorrano de Finanzas (INAF) que justificaba que el banco era inviable desde el punto de vista financiero.
Presuntamente, la institución remitió el 24 de abril de 2015 el documento al Gobierno de Antoni Martí y sirvió de base a la Agencia Estatal de Resolución de Entidades Bancarias (AREB) para iniciar el proceso de resolución de BPA. Los denunciantes pusieron en duda su existencia porque a lo largo del último año ni el INAF, ni el Gobierno ni la AREB lo han hecho público. Siempre que los Cierco lo han reclamado se han referido a su existencia de forma elíptica, algo que el Constitucional finalmente ha sancionado.
Estimación de intereses parcial
“No puede faltar el informe en cuestión, acompañado de todos los datos relevantes que lleven al mejor esclarecimiento” del caso, afirma la resolución escrita por el magistrado Juan Antonio Ortega Díaz-Ambrona y que ha sido comunicada a las partes. No ha salido a la luz pública ni en las causas judiciales iniciadas en la primera Batllia y en el Tribunal Superior (TS) después que analizan si el proceso se hizo o no de forma correcta.
Los magistrados que abordaron estas cuestiones, abiertas también por los Cierco, tampoco lo habían solicitado con mucho empeño. Por ello, los hermanos decidieron acudir al Constitucional. La estimación de las pretensiones de los recurrentes es parcial. El Alto Tribunal no ha entrado a valorar si se han tomado o no las decisiones adecuadas en la ejecución del caso y si el informe del supervisor era un mero trámite o tenía una relevancia crucial, tal y como mantienen los denunciantes. Se limita a tocar la cara al Gobierno y a los organismos públicos por mantener la información en secreto.
Asegura que al no conocer el documento en detalle no se conoce porqué la AREB llegó a la “determinación tan trascendental” de vender el banco. “Se ignora también si esta era la única conclusión con carácter formal y categórico”, ni siquiera se conoce con certeza a “qué entidad iba dirigido el informe ni a qué efectos; ni las circunstancias concretas del informe en si mismo, de su encargo, preparación y aprobación, ni las firmas que lo avalaron, etc., así como tampoco si durante toda la tramitación se cumplieron las exigencias legales”.
Anulación de decisiones
“Resulta indispensable que el informe discutido esté incorporado en las actuaciones de manera auténtica, literal e íntegra. Pero éste no es el caso. El informe no está allí y solo se tiene noticia de su existencia de forma indirecta”, reza la sentencia, que da por sentado que eso implica la “mutilación esencial que vicia de nulidad insubsanable de las decisiones adoptadas con posterioridad y que ocasiona por razones de orden público constitucional la nulidad de todo aquello que se ha actuado a partir del momento inmediatamente posterior a la presentación de la demanda a la Batllia”.
Es decir, el Constitucional no solo exige al INAF que aporte el informe a la sala, también anula las decisiones de los juzgados inferiores que se tomaron sin conocer el contenido íntegro del documento. “Debemos recordar que todos o la mayor parte de los problemas planteados en las actuaciones judiciales giran alrededor del informe del 24 de abril de 2015 del INAF”, indica.
Más problemas para Martí y Cinca
El caso BPA se complica de nuevo para el Gobierno de Antoni Martí. El plan de toma de control del banco y posterior venta liderado por el ministro de Finanzas, Jordi Cinca, puede recibir ahora un correctivo de la Batllia y el Tribunal Suprerior al revisarse las causas.
Además, el Constitucional reclama que se “aporten a las actuaciones de origen el expediente administrativo completo original o mediante fotocopias compulsadas y autorizadas”, y deja la puerta abierta a los Cierco para iniciar un nuevo litigio. Pueden pedir que se retome el pleito en el momento posterior a la presentación de la demanda de impugnación del informe del INAF al quedar anuladas las resoluciones anteriores, que dieron un espaldarazo al Ejecutivo andorrano al asegurar que el estudio era un “acto preparatorio no recurrible” y que la única decisión que se podía enmendar era la decisión propia de la AREB de iniciar la resolución del banco en lugar, por ejemplo, de emprender el camino de la reestructuración.
Los accionistas mayoritarios de BPA han anunciado que así lo harán.