Los hechos ocurrieron en 2012 en la vallisoletana localidad de Medina del Campo. El director de la oficina del Banco Popular se puso en contacto con uno de sus mejores clientes, el propietario de la constructora Villaescusa SA, Alfredo Villaescusa Santos, para ofrecerle una operación "rentable".
El empresario, un hombre sin cualificación académica que a base de trabajo y tesón había podido levantar la empresa, recibió la oferta de una operación que pasaba porque solicitase un préstamo de 1,5 millones de euros que la propia entidad invertiría en productos financieros de "rentabilidad asegurada”.
Alfredo Villaescusa, que no quería complicaciones, se negó hasta en diez ocasiones, pero ante la insistencia del director de la sucursal, aceptó y firmó unos contratos “sin que se efectuase lectura alguna de ellos, sin que el firmante los hubiera visto o leído, y sin que las partes se hubieran reunido a tal efecto como resulta preceptivo”, según la demanda judicial interpuesta.
Autopréstamo
El Banco Popular se autoconcedió un crédito utilizando como excusa ese cliente. Así, Alfredo Villaescusa firmó (sin saberlo) una petición de crédito al Popular Banca Privada SA, cuyo montante fue a parar al propio banco, que lo utilizó para realizar operaciones que, con el tiempo, se ha sabido que eran de alto riesgo.
Así, y tras unos primeros ejercicios en los que parecía que sí se obtenía rentabilidad, de repente, el capital se esfumó y el atónito cliente se vio empujado por el mismo banco a solicitar un nuevo crédito para sufragar el anterior préstamo de 1,5 millones que se había volatilizado por culpa “del mercado”.
Engañado por el banco
Alfredo Villaescusa, harto de que se rieran de él, presentó una demanda en los juzgados de Valladolid reclamando la nulidad de todos aquellos contratos y exigiendo responsabilidades a quiénes le engañaron “con crueldad”.
Dice el demandante en la denuncia que "el banco gana con el producto financiero, gana con sus comisiones y gana con la aplicación del modelo concreto de inversión; el banco gana prestando un millón y medio de euros. El banco gana colocándole un swap o seguro respecto de ese préstamo. Por si fuera poco, el banco pretende ganar intentándole vender, ahora, otro producto de préstamo hipotecario para 'sujetar' la situación provocada por ellos y, lo más grave, la contraprestación de la pérdida es el beneficio de la entidad, que es la que después le entrega, en compensación, acciones infravaloradas”.
El juzgado de primera instancia número 7 de Valladolid ha anulado todas esas operaciones financieras, exigiendo la reparación económica del denunciante y condenando, además, al banco a las costas judiciales.
El caso ha quedado visto para sentencia.