La hipoteca es un producto financiero más, aunque quizá el más importante de la vida de la mayoría de los ciudadanos. Aunque no lo parezca, lo cierto es que se trata probablemente de la adquisición que nos convierte en consumidores por antonomasia.
Y ante este hecho, conviene saber que quienes están al otro lado del mostrador tienen sus derechos. El comparador financiero HelpMyCash.com ha recopilado cinco de ellos.
Información. Como consumidores de cualquier producto, tenemos el derecho a recibir información precisa y transparente sobre el producto que vamos a contratar y los compromisos a los que nos vamos a someter. En el caso de las hipotecas, este derecho debería ser aún más claro, ya que se trata de productos financieros bastante complejos. En ese sentido, el banco debería explicarnos todo lo que no entendamos sobre el contrato y darnos la posibilidad de negociar cualquier cláusula que no nos acabe de convencer.
Es muy importante tener en mente este derecho, ya que si firmamos una hipoteca estaremos ligados al banco durante décadas. Una cláusula que hayamos entendido mal podría complicar nuestra economía durante los años que dure la deuda.
La tasadora. Si pedimos una hipoteca, también tenemos derecho a proponer u elegir de mutuo acuerdo con el banco la tasadora de la vivienda. Generalmente, es el banco quien propone a la compañía que se encargará de la tasación. Sin embargo, debemos saber quiénes son y cuánto cobran los profesionales antes de llevarla a cabo.
Además, el Banco de España asegura que si nosotros aportamos una tasación certificada por un tasador homologado que no esté caducada, la entidad no podrá cobrarnos una nueva tasación.
Productos vinculados. Hay que saber que cuando firmamos una hipoteca el banco nos pedirá que contratemos también una serie de productos y servicios asociados. Aunque nos lo vendan como un requisito imprescindible, los seguros vinculados a la hipoteca no son obligatorios. El único seguro imprescindible cuando adquirimos una nueva vivienda es el de incendios, pero no necesariamente se debe contratar con la compañía aseguradora del banco, sino que podemos elegir la que nosotros queramos.
Además, también tenemos el derecho de elegir la modalidad de pago de los seguros, es decir, hacerlo en cuotas anuales o en una Prima Única Financiada. Eso sí, en caso de no quedarnos con los productos vinculados, el banco seguramente responderá con una subida del interés de la hipoteca.
Hasta ahora hemos explicado los derechos de los consumidores relacionados con la búsqueda y la firma de la hipoteca. Sin embargo, también tenemos derechos una vez metidos en la hipoteca y, sobretodo, en caso de impago de ésta.
¿Qué deuda atender? Se puede dar la situación en la que atravesemos dificultades económicas y que, además, tengamos contratada con la entidad más de una deuda (una hipoteca, un préstamo personal y una tarjeta de crédito, por ejemplo). En ese caso, el banco nos presionará para que primero paguemos la que tenga más riesgo, es decir, la más cara. A pesar de ello, no debemos ceder ante las presiones del banco, ya que, como consumidores, podemos elegir la deuda que queremos pagar primero en caso de no poder afrontarlas todas.
Ejecución y residencia. Ante una situación extrema de impago de la hipoteca y que nos obligue a abandonar la casa, no tenemos que hacerlo de forma inmediata. Durante el tiempo que dura el proceso de ejecución hipotecaria tenemos el derecho de permanecer en la vivienda y este proceso se puede prolongar por más de un año.
Para una hipoteca segura y sin problemas, lo mejor es conocer por adelantado todos nuestros derechos, además de leer con mucha atención todas las cláusulas del contrato, preguntando hasta entender todo a lo que nos comprometemos.