Haz valer tus derechos de consumidor ante las eléctricas
Hay tres casos en que la compañía eléctrica debe indemnizar a los usuarios
27 febrero, 2016 20:07El sector eléctrico es uno de los que ocasionan más quebraderos de cabeza a los consumidores. La complejidad de algunos productos, así como la falta de transparencia en muchos casos, lo convierten en uno de los mercados que más reclamaciones recoge a final de año. Pero ¿en qué casos nos debe indemnizar nuestra compañía eléctrica?
Desde el comparador de tarifas de luz HelpMyCash.com nos explican los 3 casos en los que debemos plantarnos ante las eléctricas.
Retraso en la instalación
La electricidad es uno de los servicios básicos, por lo que en el momento que firmamos un contrato esperamos poder disfrutar de este servicio en la mayor brevedad. Por ello, las compañías están obligadas a realizar todos los trámites en un tiempo máximo. Así, tanto la instalación como los enganches deberán realizarlos en un máximo de 5 días, a excepción de aquellos casos que requieran realizar obras, que se podría demorar hasta 30 días.
En caso de incumplir con estos tiempos deberán abonarnos 30 euros o un 10 % de nuestra primera factura, el importe que resulte más alto.
Cortes de luz
Sufrir un apagón puntual no es agradable, pero cuando los cortes son recurrentes se convierte en un problema. Como siempre, las compañías tienen un margen de error en el que no están obligadas a compensarnos por el servicio deficiente. Ahora bien, ¿cuánto tiempo debemos darles de margen?
De primeras, el tiempo sin suministro que se considere un “problema” dependerá de nuestra ubicación. Por ejemplo, en caso de que la vivienda esté dentro de una zona urbana el mínimo son 5 horas al año o 10 cortes de luz. Sin embargo, aquellos que vivamos en lo que se cataloga como “zona rural dispersa” (la más alejada) no tendremos una compensación a no ser que nos hayan dejado sin luz durante 19 horas a lo largo del año o hayamos sufrido hasta 22 interrupciones del servicio. En cualquier caso, la compañía deberá indemnizarnos con un descuento en la factura.
Problemas con el contrato y la facturación
Finalmente, todo cambio en el contrato se nos debe notificar, pudiéndonos cambiar de compañía sin asumir ninguna penalización, pese a tener compromiso de permanencia. Del mismo modo, en caso de recibir facturas erróneas debemos exigir la rectificación.En este caso no habrá una indemnización como tal, pero sí que se nos abonará lo cobrado de más en las siguientes facturas. Eso sí, no debemos retrasarnos más de un año, por lo que si tenemos una segunda residencia es preferible recibir las facturas online para detectar posibles incidencias con la mayor brevedad.
¿Cómo reclamar con éxito?
Defender nuestros derechos como consumidores es algo que puede resultar costoso, sobre todo si la compañía no está predispuesta a escuchar nuestra petición. Pero, aun así, el primer lugar al que debemos recurrir es a los canales de atención al cliente de la propia comercializadora.
Desde HelpMyCash nos amplían toda la información necesaria para salir victoriosos en su nueva guía gratuita '¿Cómo reclamar a tu eléctrica?' . Y es que como consumidores no debemos achatarnos ante las grandes empresas.