Política

Varapalo del Consejo de Europa a la consulta independentista promovida por Mas

Una opinión jurídica de la Comisión de Venecia sobre Crimea advierte de que no es legal celebrar un referéndum secesionista si la Constitución no lo permite. Recuerda que "el principio de integridad territorial" está dentro de los estándares constitucionales europeos. Y plantea la "autodeterminación interna" -esto es, un autogobierno con competencias limitadas- como solución a este tipo de conflictos.

27 marzo, 2014 03:06

"Si la Constitución de Ucrania no permite un referéndum de secesión, esto no contradice en ningún caso los estándares constitucionales europeos. Más bien es típico en las constituciones [de los Estados miembros] del Consejo de Europa no permitir la secesión".

Así de contundente se ha posicionado la Comisión Europea para la Democracia a través de la Ley del Consejo de Europa, más conocida como Comisión de Venecia, en una opinión adoptada el jueves pasado sobre la legalidad del referéndum independentista celebrado en Crimea.

La Comisión no deja lugar a la dudas, y se refiere a un infome emitido por el propio organismo en el año 2000 que trata de dar orientación sobre cómo resolver conflictos étnico-políticos en Europa:

"El principio de integridad territorial tiene un reconocimiento muy extendido -ya sea expreso o tácito- en el derecho constitucional. Por otro lado, el derecho constitucional excluye la secesión o la redefinición de las fronteras. Esto no debería ser ninguna sorpresa, en tanto en cuanto que esa rama del derecho es el fundamento mismo del Estado, que podría ser privado de una de sus partes constituyentes si se dispusiesen posibilidades para ello".

La "indivisibilidad del Estado" implica que no es legal una consulta secesionista

Esta opinión de la Comisión de Venecia supone un nuevo revés para el referéndum independentista que promueve el presidente de la Generalidad, Artur Mas, en el sentido de que genera un nuevo precedente jurídico que, sin duda, será tenido en cuenta por la Unión Europea, pese a que el Consejo de Europa es un organismo diferente.

La Comisión insiste en que "la afirmación de la indivisibilidad del Estado", que recoge la mayoría de las constituciones, "claramente implica la prohibición de la secesión".

Así, en relación a Crimea, recuerda que "el artículo 2 de la Constitución de Ucrania señala que la indivisibilidad del territorio de Ucrania es uno de los mayores valores de la Constitución ucraniana y es una indicación de que un referéndum sobre la secesión no puede ser constitucional en Ucrania". Una situación perfectamente extrapolable al caso de Cataluña.

La "autodeterminación interna" es la solución

Por otra parte, la Comisión de Venecia indica que la imposibilidad legal de llevar a cabo una consulta secesionista "no significa que el concepto de autodeterminación sea ajeno al derecho europeo constitucional".

De hecho, destaca que "la autodeterminación se entiende principalmente como la autodeterminación interna en el marco de las fronteras existentes y no como la autodeterminación externa a través de la secesión". Una situación que ya se aplica en España a través de las CCAA.

"Los medios públicos deben ser neutrales"

Más allá de la ilegalidad del referéndum celebrado en Crimea, la resolución también critica la forma en que este se ha llevado a cabo, y recuerda cuáles son los estándares internacionales que se exigen para estos casos:

"Las autoridades deben ofrecer información objetiva; los medios públicos deben ser neutrales, especialmente en cuanto a la cobertura de las noticias; las autoridades no deben influir en el resultado de la votación mediante una campaña imparcial y excesiva; el uso de fondos públicos por parte de las autoridades para la campaña debe ser restringido".

Se trata de unos criterios que chocan frontalmente con la actuación de la Generalidad en los últimos meses, consistente en utilizar intensivamente los medios públicos para defender la celebración del referéndum independentista y apoyar la secesión de Cataluña, destinando grandes cantidades de fondos públicos a esa labor. De igual forma, sería cuestionable la campaña de los ayuntamientos integrados en la Associació de Municipis per la Independència (AMI).

Las "negociaciones serias" como requisito ineludible

Finalmente, la Comisión de Venecia concluye que "solo un referéndum consultivo para aumentar la autonomía [de Crimea] podria ser permitido bajo la Constitución de Ucrania".

E insiste en que "cualquier referéndum sobre el estatus de un territorio deberían haber estado precedidas de negociaciones serias entre todas las partes interesadas, unas negociaciones que no tuvieron lugar" en el caso de Crimea.

"La decisión del poder constituyente ucraniano de no conceder el derecho a la secesión no puede ser criticado en base a los estándares europeos constitucionales", reitera.