Que la justicia española está politizada no es ningún secreto. Que los políticos interpretan todas las sentencias, las propias y las ajenas, en clave interesada tampoco lo es. Ambas cuestiones, la politización propia del gremio y la presión partidaria, que opera en apariencia desde fuera, están presentes desde el primer día en el caso Mercasevilla, una causa a la que nadie habría hecho excesivo caso fuera de Andalucía si de ella no hubiera brotado, como una muñeca rusa, el escándalo de los ERE, que a finales de este año sentará en el banquillo de los acusados a los dos últimos expresidentes de la Junta de Andalucía --Manuel Chaves y José Antonio Griñán-- y a una veintena de altos cargos de sus sucesivos gobiernos.

La absolución en primera instancia de los acusados en la segunda de las piezas del caso, relativa a la venta de suelo de la empresa municipal de abastos de Sevilla en favor de la inmobiliaria malagueña Sando, ha dado pie a algunos de los afectados por el sumario a avivar la tesis de que, al igual que ha ocurrido en este episodio, el juicio de los ERE quedará en nada. La teoría tiene algo de demencial. Y, como mínimo, es prematura. Cada una de las piezas de la madeja de Mercasevilla cuenta con sus propias singularidades, aunque la anterior instructora --la magistrada Mercedes Alaya-- sea la misma. La absolución, ocho años después de iniciado el proceso, de todos los imputados por la venta irregular del suelo de Mercasevilla no presupone necesariamente la ausencia de responsabilidad jurídica de los acusados por los ERE --un asunto pendiente aún de discernir-- por la misma razón que la cuestión germinal del caso --un soborno a dos empresarios de hostelería-- tampoco ha condicionado en ningún sentido el fallo absolutorio referente a la venta de los terrenos. Son cosas radicalmente distintas.

La raíz primigenia del caso Mercasevilla se saldó en 2012 con una condena firme del exdirector de Mercasevilla, Fernando Mellet, su colaborador Daniel Ponce, y el delegado de Empleo de la Junta en Sevilla, el socialista Antonio Rivas. Esta sentencia, inculpatoria en primera instancia, fue ratificada en junio 2013 por el TSJA. También entonces se suscitó el debate sobre si las pruebas aportadas por Alaya eran sólidas. La discusión la zanjó el Supremo en octubre de 2014, cuando ratificó el fallo, si bien absolviendo de un delito de cohecho al alto cargo de la Junta. La sentencia de Mercasevilla seguirá previsiblemente el mismo itinerario: si hay recurso de las partes o de la fiscalía será revisada por la Audiencia de Sevilla y, en función de cuál sea su dictamen final, puede llegar con toda seguridad a instancias jurisdiccionales superiores. Sólo después de que éstas resuelvan podremos concluir si la instrucción de Alaya fue suficientemente profesional o, por el contrario, carecía de sustento.

La absolución de todos los imputados por la venta irregular del suelo de Mercasevilla no presupone necesariamente la ausencia de responsabilidad jurídica de los acusados por los ERE

Algunas de las decisiones de la juez, como la incriminación de Antonio Rodrigo Torrijos, ex concejal de IU en Sevilla, que nunca tuvo conexión directa con los hechos, al contrario que el resto de los acusados, alimentan la teoría de una instrucción política cuyo beneficiario directo sería el PP y, sobre todo, el ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido. Aunque ésta es sólo una de las interpretaciones de la historia: las descalificaciones, presiones y movimientos para desautorizar a la juez instructora por parte de altos cargos socialistas y miembros del Gobierno andaluz existen desde el primer día. Estas opiniones, parciales, obvian determinados hechos. Entre ellos, que buena parte de las decisiones de la magistrada han sido supervisadas, a instancia de las partes, por ámbitos judiciales superiores, lo que hace muy difícil de sostener ante cualquier tribunal --que es donde debería hacerse-- una acusación por prevaricación o mala praxis contra Alaya, retirada contra su voluntad de la causa mayor de los ERE con la satisfacción expresa del anterior consejero de Justicia de la Junta, Emilio de Llera, fiscal y amigo personal de la nueva instructora, la magistrada Núñez Bolaños.

La viabilidad de la causa de los ERE, donde lo que se juzga no es sólo la legalidad del desvío de fondos públicos, enriqueciendo a una red de intermediarios entre los que figuran sindicalistas, importantes despachos de abogados (Garrigues), aseguradoras y empresas, sino la indiscutible presencia de intrusos a sueldo en numerosos ERE fraudulentos, no está ni herida de muerte ni garantizada por la absolución del caso Mercasevilla. Simplemente se encuentra pendiente de juicio. Serán los magistrados de la Audiencia quienes dictaminen el fondo de la causa, que regresó a la jurisdicción ordinaria después de que el Tribunal Supremo respaldase expresamente la instrucción de Alaya, a quien si, de momento, se le puede imputar algo es que diera prioridad a perseguir a los políticos frente a la trama civil y empresarial, la gran beneficiada por el fondo de reptiles de la Junta de Andalucía.