A la hora de abrir una cuenta corriente hay que leer la letra pequeña del contrato.

A la hora de abrir una cuenta corriente hay que leer la letra pequeña del contrato.

Business

Cinco preguntas que deberías hacer al banco sobre tu cuenta y no te habías planteado

Resulta sencillo hacerse cliente de un banco, pero es necesario leer la letra pequeña del contrato y aclarar determinados conceptos

14 mayo, 2016 13:12

Abrir una cuenta corriente es una operación relativamente sencilla. Basta con acercarse a una sucursal y firmar el contrato. Incluso es posible hacerlo a través de Internet en un banco online. Es bien sabido que antes de firmar cualquier contrato, hay que leerlo atentamente y prestar especial atención a la letra pequeña, así como hacer las preguntas obvias sobre las condiciones del producto. ¿Tiene comisiones? ¿Las tarjetas son gratuitas? ¿De qué cajeros permite sacar dinero gratis? Obtener respuesta a estas cuestiones no suele llevar más de unos minutos e, incluso, se puede salir de dudas leyendo el contrato.

Pero, ¿y si de repente queremos añadir a un segundo titular a la cuenta? O nos quedamos en el paro y no podemos seguir cargando la nómina en la entidad, ¿nos cobrarán comisiones en ese caso? El comparador de cuentas HelpMyCash.com nos da la respuesta a cinco preguntas que quizá no se te había ocurrido preguntarle al banco. 

¿Puedo incluir a un segundo titular en mi cuenta?

En principio, no debería haber ningún problema. Las cuentas con más de un interviniente son muy habituales y la mayoría de los bancos permiten abrirlas con varios titulares o autorizados. En este punto hay que diferenciar entre titulares, es decir, los propietarios legales de los fondos depositados en la cuenta, y los autorizados, aquellas personas a las que el titular les ha concedido el poder para realizar ciertas operaciones, como retirar efectivo o emitir pagos. Aunque no hay una norma que limite el número de intervinientes de una cuenta, los bancos suelen fijar un máximo por razones prácticas, que puede llegar hasta los cinco o seis.

Si queremos abrir una cuenta con varios titulares, lo ideal es solicitar la apertura conjunta. Una vez abierta la cuenta, la mayoría de los bancos no aceptan la inclusión de nuevos titulares, pero sí de autorizados.

2. ¿Pueden cambiar las condiciones del contrato?

Así es. Las cuentas corrientes están soportadas por contratos de duración indefinida, es decir, sin una fecha concreta de vencimiento. Amparados bajo el derecho de que nadie puede ser obligado a perpetuidad, los bancos tienen la potestad de cambiar las condiciones de una cuenta corriente, eso sí, la entidad tendrá que avisar al cliente con al menos dos meses de antelación, a menos que la modificación le beneficie claramente, y el cliente tendrá derecho a rescindir el contrato sin penalización en caso de disconformidad.

Rebajar la rentabilidad de la cuenta, incluir comisiones hasta ahora inexistentes o variar los cajeros de los que se puede sacar dinero gratis son cambios habituales que afectan a las cuentas. Hay que estar atento al buzón virtual de la entidad, ya que muchas veces las comunicaciones llegan a través de ese canal.

3. Tengo una cuenta nómina, ¿qué pasa si me quedo en paro?

En ese caso, lo más probable es que perdamos las ventajas de la cuenta y que, incluso, nos acaben cobrando comisiones que hasta ese momento la entidad no percibía. Las cuentas nómina tienen como requisito de contratación la entrada de los haberes mensuales. Si dejamos de cumplir esa exigencia, por mucho que la culpa no sea nuestra, estaremos incumpliendo el contrato. Es importante informarse sobre las consecuencias en caso de no poder seguir cumpliendo los requisitos iniciales para que, en caso de prever esta situación, ser conscientes de cómo nos afectará y, si hace falta, dar de baja la cuenta antes de que empiecen a cargarnos comisiones.

¿Cómo se cierra la cuenta?

Solemos informarnos sobre el proceso de apertura de una cuenta, pero no siempre sobre cuál es el procedimiento para cerrarla y, sobre todo, cuánto cuesta. Cerrar una cuenta es sencillo: simplemente hay que ir a una oficina y firmar la orden de cancelación, previa liquidación del saldo y de las posibles deudas pendientes. Algunas entidades contemplan un cargo por este sencillo proceso. Si queremos una cuenta sin comisiones que no nos cobre por la operativa básica, lo ideal es que tampoco nos cobre por cerrarla.

5. Si dejo de usar la cuenta, ¿me cobrarán comisiones?

Abandonar una cuenta a cero euros no suele ser recomendable, a menos que esté radicada en un banco con una política de cero comisiones. En cualquier caso, si una cuenta ya no se va a usar, lo mejor es cerrarla para evitar sustos en el futuro. A pesar de la creencia general de que las cuentas sin uso no devengan comisiones, lo cierto es que sí. La comisión de mantenimiento es independiente de la operativa que registre la cuenta –se carga por el simple hecho de tenerla abierta en la entidad- y no desaparece por mucho que el cliente la haya abandonado.

Si el saldo es positivo, se irá cargando cuando corresponda. Pero ¿y si no dispone de fondos? En ese caso, las comisiones se irán acumulando en la recamara, lo que puede dar una falsa sensación de gratuidad. Nada más lejos de la realidad, en el momento en el que intentemos cerrarla, el banco nos exigirá el pago de las comisiones pendientes.