Varios montañeros en el Vall d'Aran, donde en 2018 murieron dos empleados del CSIC por un alud / EUROPA PRESS

Varios montañeros en el Vall d'Aran, donde en 2018 murieron dos empleados del CSIC por un alud / EUROPA PRESS

Vida

El TSJC reconoce como empleados del CSIC a los dos científicos muertos en un alud

Este fallo podría tener efectos sobre la causa penal en el que tres cargos de la agencia estatal están investigados por un delito contra la seguridad de los trabajadores

22 mayo, 2022 11:08

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido como trabajadores del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) a los dos científicos muertos en una expedición en el Vall d’Aran en 2018 a causa de un alud, pese a que no tenían contrato con la agencia estatal. 

El TSJC ha desestimado el recurso presentado por el CSIC contra la sentencia emitida por un juzgado de lo social de Lleida, que apreciaba relación laboral entre los fallecidos y la agencia estatal. Sin embargo, el CSIC mantiene que las víctimas eran guías de montaña y que habían participado en su expedición de forma voluntaria

Un alud les hizo caer por un precipicio

Este fallo, que puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo, podría tener efectos sobre la causa penal que un juez de Vielha (Lleida) tiene abierta a raíz del accidente mortal, en el que la presidenta del CSIC, Rosa Mendéndez, y otros dos cargos de la agencia estatal están investigados por un delito contra la seguridad de los trabajadores.

El accidente se produjo el 22 de marzo de 2018, cuando tres miembros de una expedición que recogían muestras de agua del lago Redon para un proyecto dirigido por el CSIC fueron arrastrados por un alud, que les hizo caer por un precipicio de 90 metros de altura. Uno de los técnicos superiores contratado por la agencia estatal resultó herido, mientras que las otras dos personas fallecieron

Fueron reclutados verbalmente

Según el fallo del TSJC, los fallecidos -- el biólogo Gaspar Giner Abati y el montañero Unai Pérez de Arenaza-- fueron reclutados verbalmente por el director del proyecto --ahora investigado-- pocos días antes de la salida de la expedición. El TSJC concluye que existió "dependencia" de los trabajadores respecto al CSIC, puesto que "no tenían ninguna opción para realizar su trabajo por su propia iniciativa, sino que estaban completamente condicionados por las decisiones empresariales".Distinto habría sido, considera la sala, si ellos hubieran decidido "el día y la forma" en que lo llevarían a cabo, pero quien dirigió la expedición fue la agencia estatal.

En este sentido, reitera que la salida se decidió y organizó por la empresa y se inició "en sus propias instalaciones". Además, los científicos emplearon material del CSIC, la agencia beneficiaria de estos trabajos, pero que "no aportan sino su conocimiento y capacidad de esfuerzo en las condiciones adversas de la montaña, sin aportar ningún tipo de infraestructura o organización". La sentencia también considera relevante que "ambos trabajadores, que eran expertos montañeros, no prestaron sus servicios como guías de montaña sino pura y simplemente como porteadores del material necesario para realizar la investigación, aprovechando su especial conocimiento del medio".