Una foto de la fachada del Tribunal Supremo, que emitió la solicitud de extradición de Carles Puigdemont / EFE

Una foto de la fachada del Tribunal Supremo, que emitió la solicitud de extradición de Carles Puigdemont / EFE

Vida

El Tribunal Supremo absuelve a la tuitera Cassandra

La joven había sido condenada por la Audiencia Nacional a un año de prisión por hacer bromas sobre la muerte de Carrero Blanco

1 marzo, 2018 13:22

La Sala II del Tribunal Supremo ha anulado la condena de 1 año de prisión y otros siete de inhabilitación absoluta impuesta por la Audiencia Nacional a la tuitera Cassandra por un delito de humillación a las víctimas del terrorismo.

La conocida internauta había escrito hasta 12 tuits relativos al atentado que costó la vida a Carrero Blanco en 1973 asesinado por la banda terrorista ETA en la famosa red social. La joven, conocida por su defensa a la comunidad LGTBI, fue condenada por realizar chistes fáciles y de mal gusto sobre un atentado ocurrido hace ya 44 años, pero sin ningún comentario ultrajante hacia la víctima, por lo que considera que no resulta proporcionada una sanción penal.

De mal gusto, pero no son delito

El magistrado Alberto Jorge Barreiro, quien ha absuelto a la tuitera, ha resaltado que eran mensajes centrados en repetir chistes ya conocidos en los que se juega en clave de humor con la forma singular, mediante la voladura del vehículo de Carrero, en la que se perpetró el atentado. La Sala recuerda que desde el atentado se han inventado innumerables chistes, y en casi todos ellos la clave de humor recaía en el hecho de que el vehículo surcara el espacio y acabara cayendo dentro de un edificio.

En los tuits de Cassandra, todos publicados entre 2013 y 2015, el Tribunal Supremo destaca que “no contienen ningún comentario ácido contra la víctima del atentado ni expresan frases o comentarios hirientes, lacerantes o ultrajantes contra su persona o cualquier aspecto concreto de su vida pública o privada”. Explica que era objeto de mofa o sarcasmo el dato “muy trillado y agotado”. El tribunal añade que “desde luego se aprovecha el humor negro para cuestionar al personaje víctima del atentado, en una reacción muy propia de nuestro entorno social de criticar u hostigar sarcásticamente a cualquier personaje público en cuanto sale al paso cualquier contigencia que permita improvisar un chiste idóneo para ridiculizar o parodiar un defecto o una desgracia personal”.

Suceso histórico

Otro de los motivos del Supremo para absolver a la joven ha sido el factor tiempo. El atentado se produjo hace 44 años por lo que se considera un suceso histórico y no puede tener la misma trascendencia que un acontecimiento reciente. En relación a la acusada en este caso, la Sala cree importante también resaltar que era una persona de 18 años cuando empezó a publicar los mencionados tuits sobre Carrero, es decir, que cuando nació, en 1995, dicha persona llevaba muerta 22 años. 

Estos fueron algunos de sus mensajes en Twitter:

“ETA impulsó una política contra los coches oficiales combinada con un programa espacial”, “Kissinger le regaló a Carrero un trozo de la luna, ETA le pagó el viaje a ella” o “Película: ‘A tres metros sobre el cielo’. Producción: ETA films. Director: Argala. Protagonista: Carrero Blanco. Género: Carrera espacial”.