Tribunal Supremo, que ha ratificado la condena de nueve meses de cárcel para los agresores de tres voluntarios de la selección española en Barcelona / EUROPA PRESS

Tribunal Supremo, que ha ratificado la condena de nueve meses de cárcel para los agresores de tres voluntarios de la selección española en Barcelona / EUROPA PRESS

Vida

El Supremo ve "odio a España" en la agresión 'indepe' a una carpa de la selección

Ratifica la pena de nueve meses de cárcel a los condenados por atacar e insultar a tres jóvenes equipados con 'merchandising' de la Roja

9 mayo, 2022 14:19

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación interpuestos por las defensas de los condenados por la Audiencia Provincial de Barcelona como autores de una agresión a tres voluntarios de ‘Barcelona con la Selección’ en 2016.

La Audiencia de Barcelona consideró probado que los condenados cometieron un delito de odio al agredir e insultar a los voluntarios. Los hechos se remontan al 4 de junio de 2016 cuando las víctimas se encontraban  en una carpa desmontable de color rojo instalada por simpatizantes de la plataforma “Barcelona por la selección” en la que se exhibían banderas españolas y merchandising.

“Odio a lo que representa España”

Según el tribunal, la plataforma estaba formada por “jóvenes apasionados del deporte que pretendía dar apoyo a la selección española en todas sus disciplinas en Cataluña y más concretamente en la ciudad de Barcelona” y que pretendían hacer una campaña divulgativa y solicitar la instalación de pantallas gigantes para poder seguir los partidos en las calles de la Ciudad Condal.

Las víctimas iban vestidos con camiseta y simbología de la selección española de fútbol, repartiendo información entre las personas interesadas que transitaban por la zona cuando se encontraron con los ahora condenados. Según el tribunal, “guiados con el ánimo de animadversión ideológica a todo lo que representa España y ser español y con la voluntad de humillar y hostigar a los voluntarios”, irrumpieron en el lugar gritando "putas españolas, fuera de aquí, os vamos a matar, putos españoles de mierda, perras españolas, iros a vuestro país, hijos de putas".

Golpearon a las víctimas

Los condenados propinaron golpes y patadas a las sillas, mesas y cuanto material había en el lugar y causaron destrozos en la carpa. Posteriormente, agredieron a las víctimas, a las que golpearon y empujaron. Los hechos fueron grabados por un testigo, que colgó el vídeo en las redes sociales.

Tras estos hechos, uno de los agresores regresó al lugar y volvió a amenazarlos. "¿Qué es esto?, esto no debería estar aquí, fuera la bandera española, puta España!!!, puta de mierda!!!", "sois unos hijos de punta, aquí no tenéis que estar putos españoles, tú eres una cerda española, hija de puta", "iremos a por vosotras!!!" os mataremos", gritaba mientras hacía gestos de cortarles el cuello. Además, este sujeto les escupió y les tiró un vaso de cerveza antes de huir en un vehículo con el que intimidó a las víctimas.

Animadversión ideológica

Ahora, el Tribunal Supremo ratifica la condena de nueve meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito de odio y considera probado que el ataque se perpetró “pretendiendo la exclusión personal presencial de lo que pueda simbolizar a España”. Además, aclara que el ataque no estuvo relacionado con una cuestión futbolística, sino por la animadversión ideológica que sentían hacia los voluntarios que se encontraban en una carpa con una determinada simbología.

“En este caso concreto vemos que los insultos, amenazas, humillaciones y vejaciones que se llevaron a cabo con lenguaje del odio se basó en la pertenencia de las víctimas a una nación, es decir, por su nacionalidad española, y su ideología, profiriendo sus gritos con referencia a su rechazo por haber instalado una carpa que simbolizaba una referencia a España, aunque el objeto en sí fuera en relación a la selección española de fútbol”, concluye el auto.

Ratifica la condena y la indemnización

El Tribunal Supremo señala que “el ataque se produce por el odio a ‘lo español’ y por ser españoles las víctimas y por querer desterrar del lugar donde estaban en la carpa todo lo que se relacione con España, aunque en este caso era la selección española de fútbol. No supuso, pues, un acto de odio a la selección española de fútbol, sino a lo que representa la misma”, matiza.

Además, los condenados fueron obligados a abonar 18.000 euros a la víctima en concepto de daños morales, que el Tribunal Supremo también ha confirmado.