La planta trituradora se encontraba en una nave industrial situada en el kilometro 9.200 de la carretera Madrid-Toledo.

La planta trituradora se encontraba en una nave industrial situada en el kilometro 9.200 de la carretera Madrid-Toledo.

Vida

Primera condena firme en España por emisiones ilegales con efecto invernadero

El Tribunal Supremo impone dos años y medio de cárcel a los empresarios que trituraron miles de electrodomésticos de forma ilegal y sin autorización

10 diciembre, 2015 21:32

La sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a dos años y medio de cárcel a los responsables de las empresas de Madrid Triturados Férricos y Recuperaciones Nieto como autores de un delito contra el medio ambiente por la emisión de ingentes cantidades de CO2 a la atmosfera tras un proceso irregular de eliminación de miles de electrodomésticos.

Es la primera sentencia firme en España que condena a unos empresarios por la emisión de gases con efecto invernadero y  “con la consiguiente afectación a la capa de ozono”, dice la resolución que tiene fecha del 13 de octubre y a la que ha tenido acceso Crónica Global.

Grave Peligro

Según el Supremo, entre los años 2007 y 2010, los condenados trituraron 2.236 aparatos electrodomésticos a través de un sistema de fragmentación que provocó la emisión sin control a la atmosfera del equivalente a 3.378 toneladas de CO2, “lo que supuso un peligro muy notable para el equilibrio de los sistemas naturales  y para la salud”.

Los informes presentados por los peritos a lo largo de todo el proceso que inició el juzgado de instrucción número 20 de Madrid avalan el dictamen según el cual “dichas emisiones, dada la persistencia en el tiempo de las mismas y por su volumen, provocaron un daño objetivo y severo a la capa de ozono, acentuando el efecto invernadero”.

Empresa ilegal

La sentencia, que reafirma la dictada en primera instancia, incorpora lo que se denomina subtipo agravado “derivado de la clandestinidad de la industria”. Los magistrados del Supremo coinciden en que las empresas condenadas no tenían licencia ni permiso para el tratamiento de residuos peligrosos, como son los resultantes en el proceso de fragmentación de los circuitos y espumas aislantes de dichos electrodomésticos. Sólo disponían, añade la sentencia, “de permisos para la gestión de residuos no peligrosos”.

La planta trituradora a la que donde fueron a parar esos más de 2.000 electrodomésticos se encontraba en una nave industrial situada en el kilometro 9.200. La sentencia multa con 60 mil euros a los condenados pero les eximen de responsabilidad civil porque los daños ocasionados, son de difícil concreción y la afectación a los bienes jurídicos implicados son complejos de cuantificar.

La sentencia también condena a los empresarios que recolectaban dichos electrodomésticos en desuso y los ponían a disposición de la planta de triturado.