El local del bajo situado en el número 512 de la Gran Via de les Corts Catalanes de Barcelona era, hasta hace poco, un espacio opaco, lleno de grafitis y una pintura ligeramente blanca que tapaba la cristalera. No podía adivinarse lo que había en su interior hasta hace unos días, cuando los vecinos descubrieron que estaba habitado.
“De repente, vimos que había un gato corriendo por allí dentro y pensamos que estaban abriendo el local para expulsarlo --explica a Crónica Global una vecina--, pero luego vimos el cartel”. Un folio colgado en la puerta por el grupo de okupas que se ha hecho con el control de lo que parece ser una antigua sucursal bancaria.
No se marcharán
En el escrito, titulado Advertencia legal sobre el uso abusivo del delito flagrante y la inviolabilidad del domicilio por parte de particulares o cuerpos policiales, los nuevos inquilinos aclaran a quien intente entrar que ese es, al menos provisionalmente, su hogar y no tienen intención de marcharse.
Para defender su postura se amparan en los artículos 545 y 553 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en los que se defiende la inviolabilidad de domicilio excepto en tres casos: delito flagrante, orden judicial o consentimiento de sus habitantes.
Penas de cárcel
Los okupas añaden que, hasta que un juez diga lo contrario o encuentren un alojamiento alternativo, permanecerán allí y advierten: “La entrada a nuestro domicilio sería denunciada, ya que se incurriría en un presunto delito de allanamiento de morada en caso de ser cometido por particulares, o de violación de domicilio en caso de ser cometido por autoridad o funcionario público”.
El mismo aviso añade, incluso, las penas de cárcel con las que se castigarían los supuestos escenarios: de seis meses a dos años en el caso del allanamiento de morada y de dos a seis años en caso de la violación del domicilio. Unas condenas que piden a cualquiera que intente okupar el espacio que ellos mismos han okupado antes.