Un grupo de personas haciendo uso de la mascarilla obligatoria pero con poca distancia social / EP

Un grupo de personas haciendo uso de la mascarilla obligatoria pero con poca distancia social / EP

Vida

Estas son las multas que te pueden caer por ir sin mascarilla

Las sanciones pueden ir de 100 euros a 600.000 euros, y dependerán de la valoración del agente sancionador

22 mayo, 2020 11:38

Las mascarillas ya forman parte de la vestimenta habitual de los españoles, y más aún desde que se decretó su uso obligatorio. La normativa dictaminada por el Gobierno, pese a las quejas recibidas por su ambigüedad, implicará una multa a todo aquél que no la lleve puesta en esos espacios abiertos y cerrados que no puedan garantizar la distancia social de dos metros.

Pese a que pueda sonar muy relativo, y a excepción de estos primeros días en los que solo se dan advertencias, los agentes de seguridad ya han informado de que harán tolerancia cero con aquellos que se salten la ley. Una multa que, a pesar de no tener un listado concreto de sanciones, podrá ser de entre 100 euros y 600.000 euros.

Las multas serán valorativas

No hay una pauta concreta sobre la sanción económica que implica cada incumplimiento de la norma, pero sí se ha informado de la cuantía de éstas dependiendo de si las autoridades lo consideran un delito leve, grave o muy grave. Y parte de esta barra de medir la tendrá el propio ciudadano.

Las más leves podrán ir de los 100 euros a los 600 euros, mientras las graves partirán de los 30.000 euros y las muy graves podrían alcanzar los 600.000 euros. En estos casos extremos, la respuesta del sancionado a los requerimientos policiales será clave para medir la sanción. Y será así, como mínimo, hasta que termine el estado de alarma.

¿Hay alguna excepción?

Esta extrema barra de medir aumenta las preguntas sobre cuándo y cómo deben usarse, en qué situaciones, exenciones, etc. La respuesta del Gobierno es que todo mayor de 6 años de edad debe llevarla tanto en espacios cerrados como en abiertos en los que no se pueda garantizar la distancia mínima entre personas de dos metros, a excepción de situaciones de fuerza mayor o de necesidad.

Para los niños entre tres y cinco años, el uso de mascarilla no es obligatorio, pero sí recomendable. Lo mismo sucede con aquellas personas que presentan dificultades respiratorias que puedan ser agravadas por su uso, las que lo tengan contraindicado --con justificante-- por un médico, las personas con discapacidad o dependencia que presenten alteraciones de conducta y para aquellos que desarrollen actividades que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible su uso.

Casos que generan dudas

En el interior de un vehículo deberá llevarse mascarilla siempre que esté ocupado por personas que no convivan en la misma vivienda, incluso si éstos son familiares. No es obligatorio si todos sus ocupantes conviven en el mismo domicilio. En el primer caso sólo pueden viajar dos personas por fila de asientos. En el segundo se pueden ocupar todas las plazas.

Al practicar deporte tampoco es obligatorio, se engloba en el apartado de actividades incompatibles con su uso. A pesar del riesgo que comporta la elevada exhalación, la mascarilla multiplica la exigencia del entrenamiento dado que el deportista respiraría un exceso de dióxido de carbono.