Menor transexual entregando firmas para cambiar su nombre del DNI / EFE

Menor transexual entregando firmas para cambiar su nombre del DNI / EFE

Vida

500 menores transexuales podrían cambiarse el nombre

El BOE publica las instrucciones para facilitar que los menores transexuales cambien de nombre

24 octubre, 2018 14:11

La Asociación de Familias de Menores Transexuales Chrysallis estima que medio millar de transexuales pueden estar esperando para solicitar un cambio de nombre. A partir de este miércoles aquellas personas que quieran cambiar de nombre por no sentirse del sexo correspondiente al de la inscripción de nacimiento, podrán solicitar ante el Registro Civil el cambio de mención.

La nueva instrucción publicada por el BOE indica que el funcionariado atenderá la solicitud de los transexuales mayores de edad y los menores emancipados, así como de los menores que acudan acompañados de sus padres o tutores.

"Noticia buenísima"

La presidenta de Chrysallis, Natalia Aventín, ha expresado su satisfacción por la nueva instrucción: “es una noticia buenísima por la que estamos muy contentos”. Además, ha reconocido la agilidad de la tramitación de la medida que llevan solicitando “desde hace tres años”.

En la actualidad, únicamente los mayores de 18 años pueden solicitar la rectificación y se exige que la persona acredite mediante informe médico “que ha sido diagnosticada disforia de género”. También se debe demostrar que se ha recibido tratamiento durante al menos dos años “para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado”. La nueva instrucción busca normalizar la transexualidad conforme a la realidad social actual al permitir el cambio de género en el Registro mediante una simple expresión de voluntad.

Afectación a los menores

El funcionariado atenderá todas las solicitudes de los menores emancipados (mayores de 16 años). Sin embargo, los mayores de 12 años y menores de 16 necesitarán presentar una solicitud conjunta con sus representantes en la que deberán declarar que "de forma clara e incontestable" siente como propio el nuevo nombre solicitado.

En el caso de los menores de 12 años deberán ser oídos "en todo caso" por el encargado del Registro Civil mediante una comunicación "comprensible para el mismo y adaptada a su edad y grado de madurez", según detalle la instrucción publicada por el BOE y que está firmada por el director general de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido.]