Daniel Cedrún, el sintecho que hizo una huelga de hambre para lograr la renta garantizada / CG

Daniel Cedrún, el sintecho que hizo una huelga de hambre para lograr la renta garantizada / CG

Vida

El INSS recurre la sentencia que le obliga a subir el IMV a un sintecho de Barcelona

La Seguridad Social le quiere pagar 253,16 euros mensuales, mientras que la justicia le ha reconocido que le corresponden 461,5 euros

16 junio, 2021 13:56

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) recurrirá ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) la sentencia que reconoció el derecho a cobrar el ingreso mínimo a Daniel, el sintecho que estuvo en huelga de hambre para reclamar esa prestación.

Según ha informado el bufete de abogados Colectivo Ronda, que representa al sintecho, el INSS ha anunciado que interpondrá un recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 28 de Barcelona. En ella se le reconocía el derecho a ser beneficiario de los 465 euros mensuales correspondientes al Ingreso Mínimo Vital (IMV).

Para pagar menos

El pasado mes de octubre este hombre inició una huelga de hambre en la plaza Sant Jaume para reclamar que se le concediese el Ingreso Mínimo Vital aprobado por el Gobierno en junio de 2020 y en protesta por la decisión de la Generalitat de denegar su solicitud para percibir la Renta Garantizada de Ciudadanía. Siete días después de iniciar la huelga de hambre, este sintecho tuvo que abandonar su protesta debido al rápido deterioro de su estado físico y psíquico.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), poco después, aprobó la prestación del Ingreso Mínimo Vital a favor de Daniel, pero no lo hizo por la cantidad de 461,5 euros que le correspondía, sino por un importe inferior de 253,16 euros mensuales, debido a una "aplicación errónea de la norma reguladora". A raíz de la demanda interpuesta por el afectado, el Juzgado de lo Social número 28 de Barcelona reconoció el derecho de Daniel, que sufre epilepsia, hipertensión y ansiedad crónica, a ser beneficiario de esta prestación por la cuantía de 461,5 euros en la sentencia, que ahora el INSS va a recurrir.