Audiencia de Barcelona, donde se juzga al expresidente de la Federación de Dardos por apropiación indebida / CRÓNICA GLOBAL

Audiencia de Barcelona, donde se juzga al expresidente de la Federación de Dardos por apropiación indebida / CRÓNICA GLOBAL

Vida

Piden tres años de prisión para el expresidente de la Federación de Dardos por apropiación indebida

Los acusados mantienen que la junta y la asamblea aprobaron siempre las cuentas de la entidad y que no se produjo ningún voto en contra con respecto a las mismas

5 abril, 2022 17:42

La fiscalía solicita tres años y cinco meses de prisión para el expresidente y la tesorera de la Federación Catalana de Dardos (FCD) entre 2008 y 2012 por usar, presuntamente, dinero de la entidad para fines propios y por contratar servicios fraudulentos a sociedades mercantiles.

Este martes ha arrancado el juicio en la sección 21 de la Audiencia de Barcelona el juicio contra ambos acusados, para los que la fiscalía pide tres años y cinco meses de cárcel, así como una multa de 2.880 euros por apropiación indebida y falsedad continuada de documento mercantil. Asimismo, la acusación particular pide para ambos la pena de seis años de cárcel por los mismos delitos.

"Nunca manipulé facturas"

Según la versión del Ministerio Fiscal, ambos aprovecharon su posición para apoderarse del dinero mediante cobros en ventanilla, reintegros en cajeros automáticos, ingreso y cobro de cheques y utilización de tarjetas de la citada federación.

Pero el que fue presidente de la entidad ha negado este extremo. Mantiene que los movimientos de dinero que realizaron no responden a ningún uso ilícito y que todos están justificados. “Nunca manipulé ninguna factura”, ha asegurado ante el tribunal.

La junta aprobó las cuentas

Los acusados han incidido en que la junta y la asamblea aprobaron siempre las cuentas de la entidad y que nunca se produjo ningún voto en contra con respecto a las mismas. Además, han asegurado que no destruyeron ningún documento una vez fueron cesados de su cargo en 2010.

A las dos sociedades se las señala como responsables civiles subsidiarias, puesto que nunca se han dirigido responsabilidades penales contra las mismas.