Imagen de archivo de la Audiencia de Barcelona, donde se juzga a un padre por presuntos abusos a su hijo / EP

Imagen de archivo de la Audiencia de Barcelona, donde se juzga a un padre por presuntos abusos a su hijo / EP

Vida

Condenan a siete años y medio de cárcel al agresor de una menor en El Prat

Los magistrados de la Audiencia de Barcelona aplican la ‘ley de solo sí es sí’, que en esta ocasión no afecta a la pena de prisión impuesta

19 diciembre, 2022 12:16

La sección 6ª de la Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a siete años y medio de prisión a Miguel O. G. R., acusado de agredir sexualmente a una menor de 14 años en El Prat de Llobregat (Barcelona) en 2020.

El tribunal considera probado que el acusado conoció a la menor en la estación de tren de Gavà sobre las 19.00 del 4 de agosto de 2020 y que, tras intercambiar unas palabras se bajaron juntos en la estación de El Prat de Llobregat y se dirigieron a un piso de la calle Maurici de Vilomara. Una vez en la vivienda, Miguel O. le exigió que se comportara como su esposa y le realizó tocamientos de índole sexual. En ese momento accedieron al piso dos personas más, que no han sido identificadas, y también abusaron de la menor.

Sufre secuelas

Posteriormente las otras dos personas se fueron y el acusado intentó que la víctima le practicara una felación, sin llegar a conseguirlo por la resistencia de la menor. Acto seguido se masturbó en su presencia. La sentencia, a la que ha tenido este medio, recoge que los hechos se prolongaron hasta la madrugada del 5 de agosto, cuando la adolescente pudo escapar de la casa pro sus propios medios.

Como consecuencia de estos hechos la menor sufre un cuadro de estrés postraumático que afecta a su vía diaria, así como conductas autolesivas, problemas de concentración y alteraciones del sueño.  

Absuelto del delito de detención ilegal

La menor relató que tras el intercambio de palabras inicial el acusado le colocó un cuchillo y la obligó a acompañarla. También que en el interior del tren le dio de beber de una botella y que no recuerda lo que pasó en el trayecto hasta el piso en el que sufrió los abusos sexuales. El tribunal recoge en la sentencia que da veracidad al relato de la joven en cuanto a la agresión sexual, pero no se ha podido demostrar que hubiese intimidación, por lo que lo absuelve de un delito de de detención ilegal.

La Audiencia de Barcelona lo condena a siete años y medio de cárcel por el delito de agresión sexual, así como otros siete años de libertad vigilada y le prohíbe aproximarse a la víctima o comunicarse con ella por cualquier medio. También le obliga a pagarle una indemnización de 10.500 euros.

Aplica la 'ley del solo sí es sí'

El tribunal ha aplicado la nueva ley del solo sí es sí,  que en este caso concreto no disminuye la pena de prisión. “Hay que precisar que la nueva ley no beneficiará al acusado si consideramos probado el empleo de violencia e intimidación. La pena sería la misma, aunque ahora la horquilla en el tipo básico se haya rebajado. Es el empleo de la violencia o la intimidación el elemento objetivos más relevante” concluye la sentencia.