Imagen del Hospital Universitario Virgen Macarena de Sevilla, del Servicio Andaluz de Salud / CG

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Vida

Condenan a pagar 1,3 millones al Servicio Andaluz de Salud por las "negligencias" en un parto

El bebé nació con una grave lesión cerebral y precisará de una silla de ruedas de por vida por "la pésima" atención que recibió su madre

14 noviembre, 2017 12:37

La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la sentencia que condenó a la compañía aseguradora del Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar una indemnización de 1.328.392 euros por la "negligente" asistencia en un parto que provocó que el bebé naciera con una "grave" lesión cerebral y con una tetraparesia espástica por la que precisará de silla de ruedas "permanentemente".

En la sentencia, el Juzgado de Primera Instancia número 14 de la capital andaluza condena a la aseguradora a indemnizar con 1.174.282,80 euros al menor, ahora de tres años de edad, y con 154.110,13 euros a su madre por la deficiente asistencia recibida en el Hospital Virgen Macarena el 25 de noviembre de 2014.

Asistencia "pésima"

En el momento del parto, la mujer entró en el hospital con las 41 semanas ya cumplidas. En su anterior parto le habían practicado una cesárea, hecho que marcaba el segundo embarazo. 

Según recoge el fallo del juez, la atención médica que recibió en el centro sanitario fue “pésima”. "Pese a toda una noche mostrando las gráficas de monitores irregularidades que obligaban a terminar", indica la resolución, el bebé no nació hasta pasadas las 6.00 horas en un parto "traumático" mediante ventosa y en unas condiciones "lamentables".

Secuelas postparto

Del mismo modo, la madre, de 38 años de edad, también sufrió importantes secuelas psicológicas que explican que sea indemnizada. Padece un trastorno de estrés post-traumático derivado de la "grave" situación vivida y uno depresivo recurrente moderado.

La parte demandada se opuso a la cantidad indemnizatoria reclamada por los afectados. Alegaba que, dado que el menor ha nacido en el estado en el que ahora se encuentra, no ha perdido unas capacidades previamente desarrolladas. A juicio del juez, "si el menor no ha desarrollado tales capacidades, ha sido por la negligencia de los profesionales que atendieron" a su madre.