Audiencia Provincial de Tarragona que ha declarado culpables a dos mujeres acusadas de la muerte de un recién nacido / MAPS

Audiencia Provincial de Tarragona que ha declarado culpables a dos mujeres acusadas de la muerte de un recién nacido / MAPS

Vida

Condenadas a siete años de prisión las dos mujeres acusadas de asesinar a un bebé en Tarragona

El tribunal admite la eximente incompleta de miedo insuperable pero alega que podrían haber dejado a la niña en otro lugar, porque sabían el riesgo que corría su vida al dejarla en un contenedor

25 marzo, 2022 12:50

La Audiencia Provincial de Tarragona ha condenado a siete años de prisión a cada una de las dos mujeres –madre e hija-- acusadas de haber matado a un bebé recién nacido, hija de esta segunda. El juez las ha condenado por un delito de asesinato con el agravante de parentesco y eximente incompleta de miedo insuperable.

La sentencia considera probado que en verano de 2019 la menor de las acusadas--que en aquel momento tenía 18 años-- se enteró de que estaba embarazada. El miedo insuperable que sentía hacia su padre la llevó a ocultar el embarazo y a intentar interrumpirlo voluntariamente. Sin embargo, como se encontraba ya en la semana 11 de gestación, le sugirieron que debería acudir a una clínica en Tarragona para ser intervenida quirúrgicamente.  

Ya no podía interrumpir el embarazo

La joven acudió a la cita en diciembre, cuando ya estaba en la semana 24 de embarazo. Al haber superado las 14 semanas de gestación, la clínica le comunicó que ya no le podían practicarle un aborto. Por eso, la joven decidió esconder su estado y no acudió ni a las revisiones ni a los controles ginecológicos.

Durante la noche del 23 al 24 de marzo de 2020 dio a luz a una niña viva en la habitación que compartía con sus hermanos en el domicilio familiar del barrio de Torreforta, en Tarragona.  Para evitar que su familia se enterara, el tribunal considera probado que ante los lloros de la recién nacida la joven le tapó la nariz y la boca, aunque sin llegar a asfixiarla, y la escondió en el interior de un armario.

Vivían en un entorno de violencia

Esa misma madrugada, al escuchar los llantos procedentes de la habitación de su hija, la madre de la joven entró en el cuarto y vio restos de sangre y la mano de su nieta saliendo del armario. Ambas relataron que entraron en pánico por miedo a que el padre de la joven y marido de la madre se enterara de lo sucedido, por lo que decidieron dejarla en un contenedor de basura a la mañana siguiente. 

La fiscalía, que inicialmente solicitaba la prisión permanente revisable para ambas, contempló la eximente incompleta de miedo insuperable como consecuencia del contexto de violencia en el que vivían y por temor a sufrir algún tipo de agresión por parte del padre y marido de las acusadas, lo que les provocó “una situación de angustia, temor y desazón que las condicionó a actuar de tal manera”. No obstante, la fiscalía considera que igual que llevaron al bebé al contenedor, podrían haberlo hecho en otro lugar en el que su vida no corriera peligro, como en los servicios sociales.

"Totalmente desvalida"

El tribunal entiende que ambas sabían que de su conducta podrían derivarse graves consecuencias, por lo que les atribuye un delito de asesinato. Asimismo considera que “dar muerte a un recién nacido es un caso paradigmático de alevosía, porque es un ser humano totalmente desvalido” y las acusadas eran “conocedoras de esta total indefensión, que utilizaron para cometer este hecho sin riesgo alguno para sí mismas”.

Por estos hechos, y en conformidad con el veredicto de culpabilidad expresado por el Jurado popular, el tribunal las condena a la pena de siete años de prisión a cada una con inhabilitación absoluta durante el tiempo que dure la condena. Asimismo deberán indemnizar a los tres tíos de la recién nacida fallecida (hijos de una de las condenadas y hermanos de la otra) con 15.000 euros a cada uno.