Imagen de la detención de un presunto yihadista en España / EUROPA PRESS

Imagen de la detención de un presunto yihadista en España / EUROPA PRESS

Vida

Barcelona, zona caliente del yihadismo en la UE

Un informe del Parlamento Europeo señala a la capital catalana, Madrid y Ceuta y Melilla como los puntos más peligrosos de la región

6 enero, 2018 00:00

Barcelona y Madrid, así como Melilla y Ceuta por su proximidad a África, son identificados como puntos calientes para el fomento de las células terroristas yihadistas. “Representan un desafío particular”, según un estudio encargado por el departamento de Políticas del Parlamento Europeo para los Derechos Ciudadanos y Asuntos Constitucionales a petición de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior (Comisión LIBE).

El estudio presenta una panorámica del marco legal y político en los 10 estados seleccionados, entre los que se incluye España, sobre personas presuntamente relacionadas con delitos relacionados con el terrorismo. Analiza cómo se identifican a los sospechosos, qué medidas están a disposición de las autoridades estatales para prevenir e investigar tales delitos y cómo se intercambia la información.

Por parte española la investigación se le ha encargado a Lorena Bachmaier, catedrática y adscrita al departamento de Derecho Procesal de la Universidad Complutense.

Leyes de emergencia

En el caso español se destacan las leyes de emergencia promulgadas para dar a las autoridades mayor poder en su combate contra el terrorismo yihadista. En virtud del Artículo 55 (2) de la Constitución, el Estado tiene la capacidad de aprobar leyes orgánicas en tiempos de "emergencia", que pueden suspender los derechos de sus ciudadanos pero hasta la fecha este mecanismo no ha sido utilizado.

Una diferencia fundamental en el Código de Procedimiento Penal español en comparación con otros estados miembros de la UE es la posibilidad de aplicar detenciones en régimen de incomunicación, según lo dispuesto en los artículos 509, 520A y 527.

Hasta cuatro días

Estas disposiciones significan que ciertos derechos de los sospechosos de crímenes de terrorismo les pueden ser temporalmente restringidos durante la detención en régimen de incomunicación. El período de tiempo que los sospechosos de terrorismo pueden ser detenidos bajo custodia policial se puede extender por 48 horas, de 72 horas a 120 horas.

La detención en régimen de incomunicación es una característica importante pero controvertida del contraterrorismo español. Los detenidos pueden impugnarla. Pero al ser procedimiento secreto la defensa no siempre tiene acceso a la evidencia del fiscal en esta etapa inicial, lo que obstaculiza gravemente la capacidad de los detenidos para montar un defensa.

El estudio destaca una disminución de los casos de terrorismo en España en 2016 en comparación con el año anterior. En 2016 hubo 10 ataques terroristas fallidos, frustrados y completados, cinco de los cuales fueron atribuidos a grupos de izquierda, mientras que los cinco restantes estaban vinculados a los separatistas. El número de detenciones relacionadas con el terrorismo disminuyó de 187 a 120 entre 2015 y 2016.

Más absoluciones que la media

De los 154 procedimientos terroristas en España en 2016, 134 casos dieron lugar a condenas, lo que representa una tasa del 85%. La tasa de absolución del 15% es algo superior a la media de la UE del 11% en 2016.

Interpol, Europol y Eurojust proporcionan mecanismos de intercambio de información para España. Desde 2004, España forma parte de un grupo de trabajo sobre extremismo islamista violento conocido como el 5 + 5. El grupo reúne a ministros de defensa o sus representantes de cinco países europeos (España, Portugal, Francia, Italia y Malta) y cinco países del Magreb (Mauritania, Marruecos, Argelia, Túnez y Libia) y tiene la misión de intercambiar información y debatir asuntos de seguridad, incluidos los operativos en marcha sobre la amenaza de los extremistas islamistas violentos en Europa.

No hay disposiciones en la legislación española sobre el intercambio judicial internacional de información con respecto a los sospechosos de delitos relacionados con el terrorismo, y no se prevé ninguna salvaguardia. El intercambio de cartas rogatorias y la información policial han demostrado ser enormemente eficaces “para mejorar la información en el nivel de inteligencia entre España y otros países de la UE y terceros países”.