Un hombre fuma un cigarillo durante una pausa en su jornada laboral / EFE

Un hombre fuma un cigarillo durante una pausa en su jornada laboral / EFE

Vida

La Audiencia Nacional avala descontar las pausas del café y el cigarrillo de la jornada laboral

CCOO demandó a Galp por hacer fichar a sus empleados cuando estos realizaban descansos

11 febrero, 2020 12:08

Parar para tomar café o fumar se podrá descontar de la jornada laboral. La Audiencia Nacional ha respaldado que las empresas hagan fichar a sus trabajadores cuando realicen pausas, con el objetivo de descontar este tiempo de las horas efectivamente trabajadas.

Asimismo, este tribunal ha avalado, en el mismo fallo, otras dos cuestiones aclaratorias respecto al registro de jornada relacionadas con los viajes de trabajo o con la autorización previa de las horas extra.

Nuevo registro 

El respaldo a estas tres cuestiones se fundamenta por parte de la Audiencia en que, en el caso sobre el que se pronuncia --la implantación del registro de jornada en Galp Energía España-- los cambios que experimentan los empleados de esta compañía como consecuencia del nuevo registro, no suponen un cambio sustancial de las condiciones de trabajo de los empleados.

Por tanto, la empresa puede implantar estos cambios del nuevo registro unilateralmente si no llega a un acuerdo con los representantes legales de los trabajadores, sin recurrir al procedimiento negociador para la modificación sustancial de condiciones.

Demanda de CCOO

El sindicato CCOO demandó a la empresa Galp Energía España por considerar que “con ocasión de la implantación de un sistema de registro de jornada, de forma fraudulenta y prescindiendo de la tramitación establecida en el artículo 41.4 del Estatuto de los trabajadores, ha modificado en perjuicio de los trabajadores las condiciones de trabajo existentes con anterioridad a la implantación del registro horario”.

No obstante, en una sentencia del 10 de diciembre de 2019 difundida ahora por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el tribunal ha dado la razón a la empresa Galp, desestimando las pretensiones de nulidad de CCOO, al considerar que los cambios derivados del nuevo registro no son una modificación sustancial de las condiciones laborales recogidas en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

Fichar durante las pausas

Por tanto, la Audiencia avala la decisión de la compañía de exigir a los trabajadores que fichen cuando salgan para hacer este tipo de pausas y que especifiquen, con un código, de cual de ellas se trata, ya que, según puntualizó la empresa en su correo electrónico a la plantilla: “Estas incidencias no se contabilizarán como jornada efectiva”.