La Audiencia de Barcelona, instancia que ha reducido la pena del ladrón de un bocadillo / GOOGLE

La Audiencia de Barcelona, instancia que ha reducido la pena del ladrón de un bocadillo / GOOGLE

Vida

La Audiencia de Barcelona rebaja la pena al mendigo que robó un bocadillo

El hombre estaba condenado a un año y nueve meses de cárcel ya que el juez entendió que el delito cometido estaba agrabado con intimidación

21 febrero, 2019 17:15

El condenado a un año y nueve meses de cárcel por haber robado un bocadillo en una panadería de Barcelona verá reducida su pena. La Audiencia de Barcelona ha reconocido que el hombre tenía una "necesidad económica" que le llevó a cometer el robo y ha considerado oportuno acortar el tiempo de la condena. 

La resolución judicial del juez ante el caso se conoció el pasado noviembre de 2018, cuando consideró que el robo fue perpetrado con intimidación y no consideró atenuante que el hombre se encontraba en situación de exclusión social. Según el auto del magistrado, el individuo hurtó el susodicho bocadillo "no porque tuviera hambre, sino para enriquecerse". 

Reducción de pena

En un principio, la Fiscalía pidió cuatro años y diez meses de cárcel para el autor de los hechos, solo dos meses por debajo del máximo que se estipula en el código penal para los delitos de robo con violencia o intimidación --cinco años--. Finalmente, el tribunal judicial estimó una condena de 21 meses. Sin embargo, la abogada defensora recurrió a la Audiencia de Barcelona y esta institución judicial ha decidido reducir la pena a diez meses, según publica eldiario.es. Esta pena no conllefa el ingreso en prisión.

Para los magistrados que han revisado este caso sí que exitste la vulnerabilidad económica que no vio el juez de primera instancia y que la defensa reconoce como "evidente". El auto de la Audiencia especifica que el condenado "no pretendía obtener directamente dinero de la panadería, ni de forma indirecta mediante vender el bocadillo", reconocen los togados. Aunque ello no implica que éste pueda ser absuelto. 

Podía haber evitado el delito

Los diez meses de condena que ha decretado la Audiencia barcelonesa es el mínimo que se podía imponer por el delito de robo con intimidación. Los jueces que han valorado el caso en segunda instancia consideran que el hombre podía haber obtenido alimentos de otro modo distinto al robo, hecho por el cual les es imposible eximir de toda culpa al ladrón.

Apuntan que podría haberse acercado a las diversas instituciones públicas o privadas "que facilitan un sustento alimentario a las personas que no tienen cubiertas estas necesidades". Sin embargo, la abogada defensora sigue defendiendo que el hurto del bocadillo no es delito ya que "el joven actuó movido por el estado de necesidad".

Usó una lata rota

La violencia vista por el juez de primera instancia (y también por el de segunda) está relacionada con el objeto que el hombre usó para amedrentar a las dependientas de la panadería. Según las pesquisas, utilizó una lata rota e "hizo ademán de cortar" a launa de las trabajadoras. Este mismo objeto causó al propio ladrón un corte leve en la mano. 

Al prestar declaración policial, el ladrón aseguró que únicamente usó la lata para realizarse cortes en los brazos para "demostrar que tenía hambre y llamar la atención".