La Audiencia de Girona, que ha absuelto al acusado de abusar de su hijastra / EUROPAPRESS

La Audiencia de Girona, que ha absuelto al acusado de abusar de su hijastra / EUROPAPRESS

Vida

Absuelto el acusado de abusar de su hijastra menor en Girona, aunque confesó los hechos

La Audiencia señala que la declaración de la presunta víctima, única prueba, "carece de consistencia para asegurar que sucedió" y que incurrió

26 febrero, 2021 08:48

La Audiencia de Girona ha absuelto a un vecino de Girona acusado de abusar sexualmente de su hijastra de 14 años porque “la declaración de la menor, única prueba que sustenta la comisión del delito, carece de la necesaria consistencia para asegurar que sucedió”. Todo ello a pesar de que el hombre confesó los hechos a los Mossos d'Esquadra, aunque luego lo negó.

La fiscalía pidió para el acusado 12 años de cárcel por considerarlo autor de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años con prevalencia de la relación de parentesco y de superioridad, diez años de libertad vigilada, que no se le acercara a menos de 500 metros durante 10 años y 10.000 euros de indemnización.

Absolución

La defensa pidió la absolución porque sostuvo que “no había prueba de cargo”, pero alternativamente, en caso de condena, pidió que le aplicaran una atenuante de confesión --porque el día de su detención reconoció los hechos a los Mossos, a pesar que después lo negó-- y otra de reparación del daño porque paga el alquiler del piso donde viven madre e hijas.

La sentencia de la sección tercera considera probado que en abril de 2018 el acusado vivía con su pareja, la hija de ésta y una hija de ambos, pero no que el acusado ese mes abusara sexualmente de la víctima.

Convivencia con la menor

El ministerio pública sostenía que, aprovechado la relación de parentesco, el acusado le hizo creer a la niña que eran pareja sentimental para mantener relaciones con ella. Por su parte, la sala argumenta que la declaración de la menor era "la única prueba" contra el acusado e incurrió en contradicciones".

En cuanto a la confesión que el mismo procesado habría hecho ante la policía, admitiendo haber mantenido relaciones sexuales con la menor, y por la cual su abogado pedía que se le estimara una atenuante de confesión, el tribunal considera que "no constituye una prueba que pueda ser valorada”, porque no lo ratificó ni en el juzgado de instrucción ni en la vista oral.