Varapalo a los alcaldes independentistas, que en la imagen, vara en mano, arropan a Artur Mas ante el TSJC / EFE

Varapalo a los alcaldes independentistas, que en la imagen, vara en mano, arropan a Artur Mas ante el TSJC / EFE

Política

Tercer varapalo a una entidad 'indepe' en una semana

Anulan la adscripción de Reus a la Asociación de Municipios por la Independencia, tras el embargo a la ANC y Òmnium

11 febrero, 2017 12:30

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Tarragona ha anulado el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Reus conforme se adhería a la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI), denunciado por Sociedad Civil Catalana y los concejales de Ciudadanos de Reus.

Según informa el grupo municipal de C's, cuyos concejales denunciaron este acuerdo a título personal, el juez ha declarado nulo el acuerdo del pleno del 13 de julio del 2013. La resolución se ha dado a conocer la misma semana en la que otras dos entidades separatistas, la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural ha visto embargadas sus cuentas para pagar sendas multas por gestionar datos protegidos.

La sentencia sobre la AMI declara no conforme a derecho el acuerdo plenario, el decreto de alcaldía que aprobaba la adhesión del consistorio a la AMI y el pago de la cuota a esta entidad.

Además de anular estos acuerdos, el juez condena al Ayuntamiento de Reus a asumir las costas judiciales, que ascienden a 300 euros.

El juez considera que el derecho de asociación "reconocido a las personas físicas" tiene para las administraciones "un límite teleológico: sólo es posible para ejercer sus competencias o tareas de interés común".

No a la instrumentalización de las instituciones

"Siendo evidente que la independencia de Cataluña no entra dentro de las competencias de los entes municipales ni supramunicipales", la sentencia considera que no entra "dentro del interés común" la adhesión a la AMI.

El juez considera "indudable" el "derecho de los políticos que forman las instituciones locales de sostener la conveniencia, e incluso la necesidad, de la independencia de Cataluña", pero "no pueden instrumentalizar las instituciones que dirigen".

Esto es así, agrega la sentencia, porque "ello las colocaría en el imposible lugar legal de incumplir la Constitución bajo el pretexto de una supuesta voluntad popular".

Las instituciones, recuerda el juez, "han de cumplir en todo momento con las leyes, la primera de ellas la Constitución, y no pueden realizar acto alguno que las contravenga o conculque".