Roger Torrent, presidente del Parlamento de Cataluña / EFE

Roger Torrent, presidente del Parlamento de Cataluña / EFE

Política

El TC insiste a Fiscalía que actúe contra Torrent por la moción sobre "autodeterminación"

Le pide que exija "la responsabilidad penal que pudiera corresponder" al presidente del Parlament y el de la Mesa, Josep Costa, entre otros

11 febrero, 2020 18:22

El Tribunal Constitucional se ha dirigido de nuevo a la Fiscalía para que valore si el presidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent, y otros miembros de la Mesa han incurrido en un delito de desobediencia al admitir a trámite una propuesta que expresaba la "voluntad" de "ejercer la autodeterminación".

Es la segunda vez en menos de un mes que el tribunal de garantías decide deducir testimonio contra Torrent ante la Fiscalía a petición del Gobierno, al estimar dos incidentes de ejecución de sentencia presentados por el Ejecutivo contra sendos acuerdos de la Mesa del Parlament, del 29 de octubre y del 5 de noviembre.

En el primero, se admitía a trámite una moción de la CUP, que aludía a la voluntad del Parlament de ejercer el derecho a la autodeterminación, y en el segundo, se rechazan las solicitudes de reconsideración planteadas por varios grupos de la oposición.

"Inconstitucionalidad"

En su auto, cuyo fallo ha sido adelantado este martes, el pleno sostiene que el Parlament "ha vuelto a actuar de manera inequívoca para ejercer el derecho de autodeterminación, lo que evidencia que esta Cámara insiste en negarse a cumplir las resoluciones del Tribunal Constitucional y persigue continuar con el inconstitucional proceso secesionista de Cataluña", según informa el TC.

Como en la otra ocasión, el tribunal también se dirige a la Fiscalía para que "proceda, en su caso, a exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder" al vicepresidente primero de la Mesa, Josep Costa; al secretario primero, Eusebi Campdepadrós, y en este caso también a la secretaria cuarta, Adriana Delgado.

Consideran los magistrados que todos ellos, incluido Torrent, incumplieron el deber que, como poderes públicos, tienen que cumplir sus resoluciones.

Riesgo penal de desobediencia

Al admitir a trámite los incidentes de ejecución de sentencia, el pasado 12 de noviembre, el TC ya advirtió a Torrent del riesgo penal de desobediencia si no acataba sus acuerdos, si bien, casi en paralelo a dicha decisión del tribunal, el Parlament acabó aprobando la moción con los votos de JxCat, ERC y CUP, y la abstención de comunes, aunque no se llegó a publicar.

El TC sostiene que la Cámara ha vuelto a vulnerar el orden constitucional y estatutario al admitir a trámite la moción impugnada y anula los acuerdos, en lo que se refiere al apartado en el que se insistía en la autodeterminación.

Cumplimiento de su deber

"Su contenido objetivamente contrario a la Constitución no era difícil de constatar" a la vista de anteriores pronunciamientos del TC "que la Mesa conocía", indica el tribunal

El TC ordena notificar personalmente su decisión a Torrent, a los miembros de la Mesa y al secretario general del Parlament y les apercibe de las eventuales responsabilidades penales si incumplen lo acordado.

Les advierte "de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa" que suponga "ignorar o eludir" sus resoluciones, entre ellas la sentencia que declaró inconstitucional y nula la resolución del 9 de noviembre de 2015 del Parlament "sobre el inicio del proceso político en Cataluña".

En otro auto, el Constitucional declara extinto otro incidente de ejecución de sentencia porque los acuerdos impugnados ya habían sido anulados.