Niños en un colegio vasco / CG

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Política

El TC avala que el Estado fije "un tratamiento análogo" de español y euskera en los colegios vascos

El alto tribunal advierte de que la comunidad autónoma no es "la única competente para regular la enseñanza de la lengua cooficial"

22 octubre, 2018 16:29

El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado un conflicto de competencias planteado por el Gobierno autonómico del País Vasco contra la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) por lo que consideraba una "injerencia" y un "exceso del Estado" al imponer un "tratamiento análogo" del euskera y el castellano en Primaria.

El alto tribunal ha rechazado los argumentos del Gobierno vasco y ha destacado que la comunidad autonómica no es "la única competente para regular la enseñanza de la lengua cooficial", pese a que esta gestione la competencia educativa.

Competencia exclusiva

El recurso del Ejecutivo vasco contra la Lomce --también conocida como Ley Wert-- se presentó en 2014 alegando que esta dejaba "el margen de la comunidad autónoma para definir contenidos" en "inexistente".

"Es la comunidad autónoma, en ejercicio de su competencia exclusiva para regular la presencia del euskera, a quien corresponde determinar las medidas de política lingüística tendentes a corregir situaciones históricas de desequilibrio de una de las lenguas oficiales respecto de la otra", defendía el Gobierno vasco.

Vaciado de competencias

El Gobierno vasco denuciaba que la Lomce regula los contenidos comunes de las asignaturas troncales "de forma exhaustiva" con "una concepción agotadora de lo básico" que "vacía la competencia de las comunidades autónomas".

"El Estado debe limitarse a garantizar el conocimiento de la lengua castellana pues lo relativo a la lengua cooficial corresponde a la comunidad autónoma, de manera que, al regularla, el Estado se extralimita competencialmente", añadía.

Evitar la desigualdad

Sin embargo, el TC ha desestimado el conflicto al entender que "la demanda parte de una premisa que no puede sostenerse, conforme a la doctrina constitucional, como es que la comunidad autónoma es la única competente para regular la enseñanza de la lengua cooficial".

En ese sentido, el TC defiende que no se incurre "en la vulneración competencial que se denuncia" al existir en la Lomce "una previsión mínima acerca del tratamiento del área Lengua Cooficial y Literatura en relación con el de Lengua Castellana y Literatura", una previsión, según el tribunal, que se dirige a evitar situaciones de desigualdad en la enseñanza de las dos lenguas cooficiales.