El abogado defensor del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español

El abogado defensor del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena, Jorge Español

Política

"A Santi Vila y Lluís Puig les pueden caer seis años de cárcel por apropiación indebida"

El abogado que lleva el caso de las obras de arte de Sijena, Jorge Español, espera que el Govern cumpla con la sentencia y retorne las piezas en el plazo fijado: el 31 de julio

7 julio, 2017 00:00

Jorge Español es el abogado defensor del Ayuntamiento de Villanueva de Sijena (Huesca) en el litigio entre el consistorio y el Gobierno de Aragón contra la Generalitat de Cataluña por las obras de arte provenientes del municipio.

La sentencia del Tribunal Constitucional falló que la propiedad del patrimonio artístico pertenece al monasterio de Sijena y obliga a la Generalitat a devolverlas en un plazo límite que finaliza el próximo 31 de julio. En caso de incumplir la decisión judicial incurrirán en dos delitos: desobediencia a la autoridad judicial y apropiación indebida de patrimonio artístico.

El primer delito comporta una pena de inhabilitación para el cargo público, mientras que el segundo supone una pena de cárcel de hasta seis años que afectaría tanto al anterior consejero de Cultura Santi Vila como al actual, Lluís Puig. 

—Pregunta. El litigio por las obras de arte entre los gobiernos de Aragón y Cataluña trae cola. La primera sentencia del Constitucional se demoró durante 14 años.

—Respuesta. Sí, es una sentencia récord. Nunca antes el Constitucional había tardado tanto. Ya te puedes imaginar por qué ha sido… El tribunal se dividió porque la mitad de los magistrados votaron en contra de darle la razón a la Generalitat y la otra mitad votó a favor.

La primera sentencia falló que Aragón no tenía derecho de tanteo y retracto.

—Hubo una sentencia primera del Tribunal Constitucional del año 2012 que no se pronunciaba sobre la propiedad de las piezas. El tribunal dijo, sin entrar en la legalidad de la venta —esto corresponde a los tribunales ordinarios—, que la potestad para ejercer este derecho de tanteo y retracto corresponde a la comunidad autónoma donde se realiza la venta.

Esta primera sentencia, no obstante, abrió la vía jurisdiccional civil que permite destapar las ilegalidades en la compraventa.

—Sí. Quien realiza la venta no es la priora de Sijena, sino que es la priora del convento de Valldoreix, y los conventos femeninos son independientes totalmente uno de otro. Es como una empresa distinta a otra, con su personalidad jurídica, sus bienes y sus formas de organizarse y tomar decisiones.

En 1970 se restauró el monasterio y el obispo de Lleida obligó a las pocas monjas que quedaban a marcharse al convento de Barcelona, pero es un convento independiente. El hecho de haberse ido allí no significa que hayan perdido ni su personalidad jurídica, ni sus bienes ni nada. Es un mero traslado y seguían siendo dueñas de sus bienes.

Unos años más tarde, sin embargo, muere la priora de Sijena y la de Barcelona toma el mando de facto pese a no tener potestad. La priora de Barcelona, Pilar San Joaquín, es quien hace estas ventas. Salta a la vista que estas ventas son nulas porque no es el propietario quien las vende. Además, en el pleito no se ha acreditado ni siquiera el precio de la venta.

La sentencia las declara nulas de pleno derecho porque no hay justificante de pago.

—En el pleito no aparece ningún justificante de los pagos, porque además se dice que serán por transferencia. Y estas transferencias no aparecen. La venta al MNAC se dice que será a través de un cheque y tampoco aparece. Son ventas cuanto menos sospechosas. Es increíble que la Generalitat tenga la documentación de estos contratos y no tenga la documentación de los pagos. En el pleito, desde luego, no las ha exhibido. Hemos pedido desde el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena que nos manden esta documentación y no lo han hecho.

¿Hay más razones para declararlas nulas?

—Las ventas se hicieron de espaldas al Ministerio de Educación, que tenía en aquel entonces las competencias. Y las segundas ventas se hicieron a espaldas del Gobierno de Aragón que ya tenía las competencias de cultura. Siempre se hizo de escondidas de las administraciones que tutelaban el monasterio precisamente para que no se frustrara la venta.

¿Las operaciones implican tanto a la Generalitat como al MNAC?

—Sí, ambos son compradores en distintas ventas. En medio del pleito llegaron a interponer un incidente ante el propio Tribunal Constitucional para que dijera si, conforme a la sentencia que habían dictado en 2012, la Generalitat estaba siendo perjudicada en sus competencias o si esa sentencia impedía que se ejecutara la sentencia del Juzgado 1 que anulaba las ventas.

En un auto de hace un año del Constitucional se dijo que no, que la sentencia solo afectaba al derecho de tanteo y retracto. Es decir a la preferencia que tiene una administración a la hora de comprar. Pero la legalidad de la venta correspondía estudiarla en los juzgados de primera instancia. Por lo tanto, sentenciaba que la Generalitat no tenía razón y debía acatar la orden del juzgado de Huesca de continuar la ejecución hasta la definitiva entrega de las piezas.

La jueza ha determinado que antes de 31 de julio la Generalitat tiene que entregar las piezas.

—No. Antes del 25 de julio tienen que presentar el plan de transporte y antes del 31 de julio tienen que entregarlas. Son dos mandatos.

¿Qué pasa si se incumplen estos mandatos?

—En el auto la jueza ha dicho que deducirá automáticamente testimonio al Ministerio Fiscal y al tribunal penal correspondiente por las responsabilidades penales que puedan haber incurrido por un presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial. La Generalitat ya ha sido advertida anteriormente de que podía incurrir en tal responsabilidad. Ya ha pasado un año. Estas piezas las tenían que haber devuelto el 25 de julio de 2016.

¿Cuál es la diferencia entre la advertencia actual y la del año pasado?

—Antes, el apercibimiento quedaba allí colgado, pero ahora no. Ahora se dice que si no hacen la entrega, automáticamente, a partir del día siguiente, se deducirá testimonio al tribunal penal. Y cuidado porque el delito no se comete en Barcelona, donde como consejeros tienen calidad de aforados, sino que se comete en Villanueva de Sijena, en Aragón, donde se debían devolver las piezas. Y la competencia para juzgar estos delitos es de la sala de lo penal del Tribunal Supremo. Estamos hablando de cosas muy graves y ellos lo saben perfectamente porque están muy bien asesorados por un gran letrado que es Xavier Muñoz Puiggrós.

¿Y esto qué efectos penales tiene?

—Aquí habría dos delitos. El juez tiene la obligación de deducir de oficio la desobediencia, pero hay otro delito más grave. La desobediencia no tiene pena de prisión, es una pena de inhabilitación y multa. No es muy disuasoria, por así decirlo. Pero aquí no solamente se vulnera el bien jurídico de la desobediencia, sino también el derecho de propiedad de las monjas de Sijena. Si estas piezas no se entregan es apropiarte de algo que no es tuyo y, en consecuencia, habría otro delito de apropiación indebida del patrimonio artístico español que, en este caso, la pena puede ser de seis años de prisión. No estamos hablando de una broma. 

¿Estos seis años de prisión caerían sobre el anterior consejero de Cultura Santi Vila o el actual, Lluís Puig?

—Sobre los dos. A Santi Vila ya se le apercibió que podría incurrir en un delito de desobediencia y, de hecho, ha estado un año ignorando totalmente la sentencia, con lo cual él es responsable y también lo será el nuevo consejero. Serían responsables los dos. Lo único que puede ocurrir es que si el nuevo consejero, Lluís Puig Gordi, entrega el plan de transporte el día 25 de julio y las piezas el 31 de julio puede que se salve él y salve al señor Vila. Pero si no las entrega los dos son responsables.

Entonces, ¿les caerían seis años de cárcel además de la inhabilitación?

 —Les podrían caer seis años de cárcel por el delito de apropiación indebida. Justamente, de lo que la sentencia habla es de que las ventas son nulas y, por lo tanto, que las piezas tienen que devolverse a su legítimo propietario, que son las monjas de Sijena. Si no las devuelves te estás apropiando de algo que no es tuyo, que es de otra persona, con lo cual los dos bienes jurídicos que se lesionan son la autoridad del juez y el segundo, superior a éste, el derecho de propiedad de un bien artístico.

 —¿Cree que se va a llegar a este escenario?

—Yo, personalmente, quiero pensar que la Generalitat cumplirá lo que le ha ordenado el juez. Ya sabemos que no le gusta, que no están conformes, pero no me pasa por la cabeza que vayan a desobedecer.

Pero la Generalitat ya lleva un año desobedeciendo esta decisión judicial.

—Sí, efectivamente. Lo que pasa que el juez ha sido muy paciente con ellos porque es una ejecución difícil, porque es enfrentarse a la Generalitat y no es lo mismo que enfrentarse a un particular. Es una administración, con sus letrados, políticos y su poder mediático. El juez ha tenido la paciencia de esperar un año, pero ha pasado el año y el juez ha dicho que “hasta aquí hemos llegado. A partir de ahora sí que actuaré por la vía penal”.

¿Y si el día 31 no entregan las piezas?

—La otra medida que tendría que tomar el juez es el envío de la brigada de patrimonio histórico de la Policía Judicial al museo de Lleida. Esto ya sería en septiembre o en octubre.

¿Serían los mismos Mossos d’Esquadra?

—Hay distintas tesis. Yo creo que sería la brigada de patrimonio histórico de la Policía Judicial. En este caso, a través del cuerpo de la Policía Nacional. Pero es igual. Si son los Mossos d’Esquadra no hay ningún problema. Ellos deben obediencia al juez y harán lo que el juez les ordene; no lo que les ordene el consejero de Interior de la Generalitat. Actúan como Policía Judicial. Nos da exactamente igual quien vaya, pero la orden judicial se tiene que cumplir.

El MNAC presume aún de tener en su colección piezas de Sijena.

—Sí, claro. Ellos tienen dos o tres retablos que se compraron antes de que fuera declarado monumento nacional. Antes del año 1923. Estos retablos ya no los podemos reclamar porque cuando se hizo la declaración ya no estaban en el monasterio.

¿Qué hará la parte demandante si finalmente la Generalitat no cumple?

—Habrá dos actuaciones. El Juzgado de Primera Instancia de Huesca deducirá testimonio por el presunto delito de desobediencia al tribunal penal competente y la sala de lo penal del Supremo abrirá una causa penal contra los dos consejeros en caso de que no hayan devuelto las piezas. En segundo lugar, tanto el Ayuntamiento de Sijena como el Gobierno de Aragón pediríamos a la jueza que mande la brigada de patrimonio histórico de la Policía Judicial para entrar en el museo de Lleida, incautarse las piezas y devolverlas por la fuerza al monasterio de Sijena. Esperemos que esto no sea necesario solicitarlo, pero no lo descartamos. El deseo es que no pase, como buenos pueblos hermanos.