El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, que dispone de fondos estatales Covid y la flexibilización del déficit / EFE

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, que dispone de fondos estatales Covid y la flexibilización del déficit / EFE

Política

La reforma de patrimonio de los presupuestos, pasto de los tribunales

Los fiscalistas avisan de que la armonización pactada por Gobierno y ERC tiene difícil encaje constitucional, modifica la LOFCA por la puerta de atrás y supone un mazazo para las empresas familiares

27 noviembre, 2020 00:00

La reforma del impuesto de patrimonio pactado por el Gobierno y ERC ha levantado una polvareda política. Ha puesto de manifiesto la ironía que supone que un partido independentista apueste por la armonización, en contra de la autonomía financiera de las comunidades autónomas. Pero, ¿qué piensan los fiscalistas?

Expertos consultados por Crónica Global advierten de que las modificaciones legales del citado impuesto que contempla la enmienda de ERC a la Ley de Presupuestos Generales del Estado tienen un difícil encaje constitucional, modifica la LOFCA por la puerta de atrás, al tiempo que supone una drástica reducción del beneficio fiscal de las empresas familiares que la UE exige proteger. Por su parte, técnicos de Hacienda creen que la actualización del impuesto de patrimonio es necesaria.

Esaú Alarcón, abogado fiscalista y profesor de Derecho Financiero de la Universidad Abat Oliba CEU, critica en declaraciones a Crónica Global que la “armonización fiscal” que contempla el acuerdo entre Gobierno y ERC “se haga mediante un precepto que en realidad modifica, por la puerta de atrás, una ley orgánica como es la LOFCA  (Ley Orgánica de Financiación Autonómica) y de la ley de cesión de tributos del Estado a las comunidades autónomas. Como tal, esa modificación exige el consenso entre todos los sujetos implicados” 

Esaú Alarcón, abogado y profesor de Derecho Financiero / CG

Esaú Alarcón, abogado y profesor de Derecho Financiero / CG

Alarcón explica que el objetivo de la enmienda es “impedir que las comunidades autónomas puedan establecer bonificaciones, pero se contornea la ley creando una cuota estatal, que impide de facto esa bonificación global, asegurando que el ingreso de esa cuota estatal no va al Estado sino a las comunidades autónomas. Vamos, es un fraude normativo como la copa de un pino y, de aprobarse en esos términos, será derogado tarde o temprano”.

¿El problema es Madrid o Cataluña?

El fiscalista niega que  la Comunidad de Madrid haga dumping fiscal o sea un paraíso fiscal. A su juicio, resulta paradójico que “sean los independentistas los que planteen una armonización de impuestos. Yo soy partidario de la armonización, pero en realidad es perfectamente legítimo lo que hace Madrid. El problema es que en Cataluña sufrimos un infierno fiscal con normas que nos imponen nuestros gobernantes regionales”.

El experto hace extensivas sus críticas al aumento del porcentaje permitido aplicable a los beneficios fiscales de la empresa familias. “Esa medida supone ampliar el hecho imponible y es muy dudoso desde el punto de vista constitucional que se pueda hacer por ley de presupuestos”. La Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) también critica los acuerdos fiscales entre el Ejecutivo y los republicanos, pues “supone una reforma en profundidad, no solo del impuesto sobre el patrimonio, sino de todo el sistema de financiación de las comunidades autónomas”.

Modificación sustancial que desnaturaliza el impuesto 

Recuerda las diferentes sentencias judiciales en las que se declara ilegal crear nuevas figuras impositivas mediante leyes presupuestarias. “Es cierto que, en ese caso, no se está instaurando un nuevo impuesto ex novo, pero sí supone una modificación sustancial que desnaturaliza la esencia y configuración del tributo”.

Advierte AEDAF que “si la propuesta es finalmente aprobada por el Congreso, puede llegar a ser declarada inconstitucional”. Asimismo, subrayan que la LOFCA establece que a las comunidades autónomas “se les cederá íntegramente, entre otros impuestos, el de Patrimonio, con competencias en ciertas materias normativas, como gestión, inspección y recaudación del tributo”.

“El sistema de financiación autonómica –añade este colectivo de expertos– se ha basado en el principio de de autonomía financiera como fundamento de la autonomía política de las comunidades autónomas, y en el de corresponsabilidad fiscal con el Estado. Capacidad de actuación y asunción de sus consecuencias, amparados en los artículos 156 y 157 de nuestra Carta Magna”.

Tiempos difíciles para las empresas familiares

Asimismo, “restringir los beneficios de la empresa familiar a participaciones conjuntas de, como mínimo, el 40% del capital social, no tiene amparo legal ni social, dejando fuera de cobertura a muchas empresas e imposibilitando su transmisión generacional, al gravarlas, no solo en el impuesto sobre el patrimonio, sino en el de sucesiones, dificultando con ello su continuidad”.

“En los tiempos tan difíciles que se están viviendo, lo que la empresa necesita son normas fiscales estables en el tiempo, que den seguridad jurídica y que, en general, permitan trabajar y seguir colaborando en hacer grande este país y a su gente. Y, en los tiempos actuales, simplemente sobrevivir y generar empleo”, avisa AEDAF.

"La actualización es necesaria"

Por el contrario, el secretario general de Gestha, el Sindicato de los Técnicos del Ministerio de Hacienda, José María Mollinedo, está convencido de que esos cambios fiscales, que según recuerda contarán con una amplia mayoría parlamentaria “no van a tener recorrido ante los tribunales. Una armonización no es inconstitucional, al contrario”. Considera necesario actualizar el impuesto de patrimonio, pues la más reciente data de 2011, estableciendo unos límites mínimos y/o máximos “para evitar la carrera fiscal que existe entre determinadas comunidades autónomas”. Recuerda que, ya en 2014, se creó un comité de expertos que dictaminó la necesidad de revisar el impuesto de patrimonio.

Admite Mollinedo que “no es fácil aplicar estas reformas en un país donde el Estado tiene la potestad de ceder tributos y donde la cesta de impuestos de cada comunidad es diferente”. Eso sí, las reclamaciones de una mejor financiación es común a todas ellas.

Margen para aumentar impuestos, según el FMI

En este sentido, recuerda que el Fondo Monetario Internacional (FMI), en sus informes correspondientes a 2019 y 2020 “marca un cambio de paradigma y, en contra del criterio mantenido anteriormente, afirma que España tiene margen para aumentar sus impuestos y que ello no perjudica al crecimiento”.

Los fiscalistas Joaquín Huelin Martínez de Velasco y Felipe Alonso Murillo, también han analizado la controvertida enmienda. “El ‘recargo estatal’ que se propone enmascara la creación de un nuevo Impuesto sobre el Patrimonio estatal”. Y aunque se evite una doble imposición “la regulación ese recargo y su puesta en marcha supondría restringir el alcance de la cesión de competencias normativas de las comunidades autónomas”.

"Cinismo"

Los dos expertos avisan de que “modificar, vía enmienda de la ley de presupuestos generales del Estado, el régimen del impuesto sobre el patrimonio, con el fin de restringir el alcance de la potestad mormativa cedida a las comunidades, no respeta las leyes vigente de cesión de tributos del Estado”.

Cuestionan también la “drástica restricción del beneficio fiscal” de las empresas familiares que, con arreglo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, tiene por objetivo precisamente hacer posible la transmisión de las pequeñas y medianas empresas y, en consecuencia, su permanencia”.

Huelin Martínez de Velasco y Alonso Murillo tildan de “cinismo” que la enmienda invoque la resolución del Parlamento Europeo de 2015 sobre empresas familiares, donde precisamente se destaca la necesidad de apuntalar la supervivencia de las mismas. Concluyen que las modificaciones fiscales “tienen un difícil encaje en el bloque de constitucionalidad y en las recomendaciones de la UE sobre la fiscalidad de las empresas familiares”.