Bandera de la Unión Europea / CG

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Política

La Generalitat exige el catalán a las 'start ups' que piden ayudas europeas

El Gobierno autonómico introduce su normativa lingüística en la concesión de préstamos procedentes de los fondos FEDER

27 septiembre, 2016 00:00

El Gobierno catalán acaba de publicar las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las empresas participantes en proyectos de emprendimiento corporativo. Lo hace a través de préstamos que gestiona IFEM (Instrumentos Financieros para Empresas Innovadoras, SLU), una sociedad filial del Instituto Catalán de Finanzas, dependiente de la Consejería de Economía de la Generalitat. IFEM tramita los recursos procedentes de los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER) que la Unión Europea concede a los estados miembros, en este caso al Gobierno español, que delega en las comunidades autónomas que quieren acogerse a los mismos.

La convocatoria abierta por la Generalitat está dirigida a financiar proyectos que surjan como consecuencia de la búsqueda de sinergias entre empresas consolidadas en el mercado y emprendedores, empresas emergentes (start ups), empresas de base tecnológica o pymes. El importe máximo destinado a estas ayudas es de 5,8 millones de euros en total y el máximo al que puede aspirar una empresa son 200.000 euros. FEDER, a través de su programa Jeremie, establece una serie de requisitos relacionados con el rigor contable y ético, para acceder a esa financiación, pero la Generalitat ha añadido la exigencia de que esas empresas aspirantes cumplan con los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley de Política Lingüística.

Señalización, carteles, rótulos...

En ese articulado se establece que “las empresas y establecimientos dedicados a la venta de productos o a la prestación de servicios que desarrollan su actividad en Cataluña deben estar en condiciones de poder atender a los consumidores y consumidoras cuando se expresen en cualquiera de las lenguas oficiales en Cataluña”.

Asimismo, “la señalización y los carteles de información general de carácter fijo y los documentos de oferta de servicios para las personas usuarias y consumidoras de los establecimientos abiertos al público deben estar redactados, al menos, en catalán. Esta norma no se aplica a las marcas, los nombres comerciales y los rótulos amparados por la legislación de la propiedad industrial”.

“Los rótulos e informaciones de carácter fijo --añade la citada ley-- y que contengan texto que han de constar en el interior de los centros laborales dirigidos a las personas que trabajen en los mismos deben figurar, al menos, en catalán”.