El Valle de los Caídos, donde descansan los restos del dictador Francisco Franco / EFE

El Valle de los Caídos, donde descansan los restos del dictador Francisco Franco / EFE

Política

La Audiencia de Navarra archiva una querella contra el franquismo

La demanda, interpuesta desde 2017, ha sido desestimada porque los delitos denunciados ya han prescrito

13 febrero, 2019 19:38

La Audiencia Provincial de Navarra ha decidido archivar una querella contra el franquismo, por crímenes de lesa humanidad, que fue presentada por el Ayuntamiento de Pamplona y algunos particulares en 2017, por considerar que los delitos denunciados ya han prescrito.

Así lo ha anunciado en rueda de prensa la abogada Lourdes Etxeberría, dejando claro que no hay ninguna ley que ampare al consistorio a presentarse como demandante en una causa colectiva contra el franquismo. No obstante, la letrada ha indicado que sí podría denunciar el asesinato de concejales durante el golpe de Estado de 1936.

Investigar, sí, pero de manera independiente

En ese sentido, la Audiencia Provincial ha reconocido que existe una necesidad de investigar los hechos pero no desde el juzgado. La letrada ha sugerido que deben ser organizaciones sociales las que lleven el peso de las averiguaciones.

De igual manera, ha defendido el argumento que se ha escrito en el auto asegurando que no es una “contradicción” sino que precisamente han sido los querellantes los que han presentado la demanda para que se investigue lo que sucedió.

Lesa humanidad

Asimismo, Etxeberría se ha referido a la parte de la querella donde se refiere a las desapariciones durante la dictadura. En esa dirección, ha admitido que se dieron pero, por el tiempo transcurrido y el hecho de que esas personas ya están fallecidas, no se trataría de desapariciones propiamente dichas.

El texto judicial concluye que los delitos de lesa humanidad que se han denunciado en la querella, tal como el de genocidio, se han añadido al ordenamiento jurídico datándolos después de los hechos. Por ese motivo, en cualquier caso, se trataría de delitos de asesinato, desaparición y detención ilegal, que ya habrían prescrito.

Diferente interpretación según el derecho internacional

El criterio usado en este caso concreto se contrapone con el derecho internacional, que estipula que este tipo de actos deben interpretarse como de lesa humanidad. El motivo es, según ha contado la letrada, que cuando estos hechos tienen lugar, en ningún caso aparecen tipificados como tales en las leyes del país.

Además, la ONU ha apremiado a España a investigar estos delitos y que los procedimientos penales sigan su curso. En el auto, los magistrados hacen mención a la Ley de Amnistía que fue aprobada durante la Transición española.