Quim Torra, el nuevo presidente de la Generalitat, posa con un lazo amarillo junto a los miembros de su partido tras ser elegido por mayoria simple en la segunda sesión del debate de investidura / EFE

Quim Torra, el nuevo presidente de la Generalitat, posa con un lazo amarillo junto a los miembros de su partido tras ser elegido por mayoria simple en la segunda sesión del debate de investidura / EFE

Política

La Junta Electoral exige a Torra que quite los lazos amarillos y esteladas de la Generalitat

Le da 48 horas para ordenar su retirada porque "son símbolos partidistas" utilizados por partidos que concurren a las elecciones

11 marzo, 2019 19:55

La Generalitat de Cataluña deberá retirar los símbolos políticos independentistas de sus edificios para mantener la neutralidad institucional en las próximas elecciones generales del 28 de abril y municipales y europeas del 26 de mayo.

La Junta Electoral Central (JEC) ha instado al presidente del Gobierno catalán, Quim Torra, a que "ordene en el plazo máximo de 48 horas la inmediata retirada de las banderas esteladas o lazos amarillos que puedan encontrarse en cualquier edificio público dependiente de la Generalitat”.

"Simbolos partidistas"

El organismo considera que la bandera independentista catalana y los lazos amarillos para pedir la liberación de los políticos en prisión preventiva por el procés, presentes en numerosas sedes institucionales catalanas, “son símbolos partidistas utilizados por formaciones electorales concurrentes a las elecciones”.

La JEC estima que estos símbolos pueden ser "legítimamente" exhibidos por los partidos dentro de su propaganda electoral, pero no mostrarlos los poderes públicos, que se rigen por el principio de "neutralidad política".

Políticos de la Generalitat y del Ayuntamiento, posando el pasado mes de febrero con una pancarta nacionalista bajo la pancarta de apoyo a los políticos presos y el lazo amarillo que preside el balcón de la Generalitat

Políticos de la Generalitat y del Ayuntamiento, posando el pasado mes de febrero con una pancarta nacionalista bajo la pancarta de apoyo a los políticos presos y el lazo amarillo que preside el balcón de la Generalitat

Políticos de la Generalitat y del Ayuntamiento, posando el pasado mes de febrero con una pancarta nacionalista bajo la pancarta de apoyo a los políticos presos y el lazo amarillo que presiden el balcón de la Generalitat / EFE

La ley, recuerda el organismo, prohíbe a los poderes públicos "que están al servicio de todos los ciudadanos tomar partido en las elecciones". Y advierte de que "las libertades ideológicas y de expresión son derechos fundamentales de las personas, no de los gobernantes, de manera que los ciudadanos pueden ejercerlos sin más restricciones que las que imponga el respeto de los derechos de los demás".

Plazo para recurrir

El máximo órgano arbitral del procedimiento electoral atiende de este modo una petición presentada por Ciudadanos (Cs), que la semana pasada denunció la exhibición de símbolos ideológicos o partidistas en los edificios y espacios públicos dependientes de la Generalitat.

La Junta, asimismo, recuerda que el acuerdo adoptado este lunes es firme y sólo cabe la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante la sala tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses desde la notificación. 

Isabel Celaá, durante una de las ruedas de prensa posteriores a los Consejos de Ministros del Gobierno / EFE

Isabel Celaá, durante una de las ruedas de prensa posteriores a los Consejos de Ministros del Gobierno / EFE

Isabel Celaá, durante una de las ruedas de prensa posteriores a los Consejos de Ministros del Gobierno / EFE

'Sí' a las ruedas de prensa de los viernes

La JEC, por otra parte, ha desestimado las reclamaciones de PP y Cs para suprimir las ruedas de prensa del Gobierno español posteriores a los Consejos de Ministros de los viernes. Ambos partidos consideraban que las medidas que se anuncian en ellas constituyen un elemento propagandístico una vez convocados los comicios del 28A.

El máximo intérprete de la ley electoral cree que en este caso no se vulnera la legislación electoral, y ha dictado dos acuerdos en los que responde que no puede adoptar "ninguna decisión" sobre ruedas de prensa futuras "por su carácter meramente hipotético".

Asimismo, afirma que el PP alude a una rueda de prensa anterior a la convocatoria de las elecciones del 28 de abril, y a "otra" de fecha no especificada en la que "no se contiene ninguna alusión a las realizaciones o los logros obtenidos por el Gobierno".