Los políticos presos del 'procés' Jordi Cuixart, Oriol Junqueras, Raül Romeva y Jordi Turull, en una de sus salidas de la prisión de Lledoners con permiso de la Justicia / EP

Los políticos presos del 'procés' Jordi Cuixart, Oriol Junqueras, Raül Romeva y Jordi Turull, en una de sus salidas de la prisión de Lledoners con permiso de la Justicia / EP

Política

Junqueras, Forn, Rull y Turull no podrán volver a delinquir de forma grave en seis años

El Gobierno justifica sus indultos en razones de "utilidad pública", el "diálogo" y la reconstrucción de relaciones políticas y "afectivas"

22 junio, 2021 20:09

Los indultos aprobados este martes por el Consejo de Ministros para los nueve políticos condenados del procés secesionista de Cataluña fijan un periodo de seguridad de entre 3 y 6 años que condiciona el perdón a que los beneficiarios no vuelvan a cometer delitos graves. Se trataría de delitos penados con más de cinco años de prisión.

El periodo más alto, de 6 años, se impone al exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, a los exconsellers Quim Forn, Josep Rull y Jordi Turull; seguidos del secretario general de JxCat y el presidente de Òmnium, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, respectivamente, quienes no podrán volver a reincidir en cinco años si no quieren ver invalidada su medida de gracia.

Sedición y malversación

Tras ellos, están los periodos de seguridad que se imponen al exconseller Raül Romeva y a la expresidenta el Parlament Carmen Forcadell, que se establece en cuatro años, mientras que en el caso de Dolors Bassa este plazo se fija en tres años, el más bajo, según han señalado fuentes gubernamentales.

Los indultos suponen la extinción total las penas de prisión que les quedan por cumplir a los nueve condenados por sedición, y en algunos casos también malversación, si bien las penas de inhabilitación que les fueron impuestas por el Tribunal Supremo se mantienen intactas, dado que se ha indultado por penas, no por delitos.

Papel institucional del Rey

Este perdón tomará forma de un Real Decreto que debe firmar el Rey Felipe VI, tras lo cual se procederá a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), momento en el que el procedimiento quedará en manos del Supremo, como tribunal sentenciador, para dar lugar a la excarcelación.

Según ha explicado la ministra portavoz del Gobierno y de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Felipe VI "no tiene intervención política" en este trámite, sino que ejerce un rol netamente institucional.

De esta forma ha querido contestar una vez más desde Moncloa a las "desafortunadas" palabras de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz-Ayuso, "que puso el foco sobre el jefe del Estado", pese a que no tiene ninguna responsabilidad política en este asunto, ha enfatizado.

Publicación en el BOE

Montero ha aclarado que el Gobierno enviará el Real Decreto "inmediatamente" a Zarzuela, para que a continuación se publique en el BOE, dando pie a que el Supremo intervenga para materializar la decisión aprobada este martes.

La fuentes gubernamentales han indicado que, si bien el alto tribunal ya está al corriente de los indultos de forma oficiosa, no esperan que actúe hasta que los indultos se publiquen en el BOE, algo que previsiblemente ocurrirá el miércoles.

Relaciones "afectivas" entre catalanes

Las mismas fuentes han explicado que la argumentación jurídica de los indultos es la misma para los nueve expedientes, que se basan en razones de utilidad pública, porque el Gobierno entiende que abren la puerta a una nueva etapa que permitirá abandonar la actual parálisis y avanzar hacia el "diálogo" con el objetivo de alcanzar una solución consensuada dentro del marco constitucional.

En este sentido, el Ejecutivo ha sopesado que el perdón reportará mayores beneficios que la continuidad de estas nueve personas en prisión --que cree que solo ahondará en el "victimismo" del independentismo catalán--, favoreciendo la reconstrucción de las relaciones políticas y "afectivas" entre los propios catalanes y entre la sociedad catalana y el resto de España.

Con ello, el Ejecutivo ha dejado de lado las razones de justicia y equidad que también contempla la Ley de Indulto para conceder la medida de gracia.

Análisis "individualizado"

No obstante, las fuentes consultadas han subrayado que se ha llevado a cabo un análisis "individualizado", caso a caso, a la hora de fijar el tiempo durante el cual se puede ejecutar la condición resolutoria que acompaña a los indultos como garantía de cumplimiento de los mismos.

Esa condición resolutoria implica que durante los años establecidos para cada preso no podrán ser condenados en firme a un delito grave (penado con 5 años de cárcel), ya sean sedición, malversación u otros. Y, si lo hacen, tendrán que soportar la nueva condena y los años de cárcel que les han sido perdonados ahora.

Las fuentes han apuntado que para situar a cada preso en esa horquilla de entre 3 y 6 años se ha tenido en cuenta el arrepentimiento que, en cambio, no se ha valorado en la decisión general de conceder o no el indulto. Así, se ha impuesto el periodo más largo --esos 6 años en los que no podrán ser condenados por un delito grave-- a quienes han expresado su "contumacia" en la vía unilateral, aunque se han valorado otras cuestiones como su participación activa en el debate político y su capacidad de liderazgo.

Casos de Meritxell Borràs, Santi Vila y Carles Mundó

El Gobierno solo ha estimado nueve de las 12 peticiones de indulto, rechazando las planteadas a favor de los tres condenados por desobediencia: Meritxell Borràs, Santi Vila y Carles Mundó.

Y ello, han manifestado dichas fuentes, porque el Supremo ya ha dado por extinguida la responsabilidad penal de los exconsellers al haber cumplido el periodo de inhabilitación y haber pagado las multas que recibieron.

Las mismas fuentes han querido dejar claro que la decisión del Ejecutivo de conceder los indultos no cuestiona el fallo del Supremo, recalcando que la sentencia del procés es "inamovible".