Fèlix Millet, expresidente del Palau de la Música / EUROPA PRESS

Fèlix Millet, expresidente del Palau de la Música / EUROPA PRESS

Política

La jueza rechaza dar el tercer grado penitenciario a Fèlix Millet

El auto concluye que su estado de salud no le impide estar en la cárcel, aunque la Generalitat le da un 92% de discapacidad

16 febrero, 2022 16:36

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 2 de Cataluña ha rechazado conceder el tercer grado penitenciario al expresidente del Palau de la Música Fèlix Millet, condenado por el denominado caso Palau.

En su auto, la jueza desestima el recurso que presentó la defensa de Millet contra una resolución de la Secretaría de Medidas Penales, Reinserción y Atención a la Víctima de la Generalitat, que en octubre decidió mantenerle en segundo grado.

La Generalitat le reconoce una discapacidad del 92%

Los abogados argumentaron "razones humanitarias y de dignidad personal al tratarse de un interno que padece una enfermedad muy grave con padecimientos incurables".

La Generalitat de Cataluña le ha reconocido una discapacidad del 92% y además la defensa argumenta que Millet tiene pérdida visual en ambos ojos, movilidad reducida, capacidad auditiva limitada, lipotimias, insuficiencia renal y cardiaca, enfermedad pulmonar obstructiva crónica de larga evolución y deterioro cognitivo leve.

El médico no ve riesgos

El médico forense apuntó que "presenta pluripatología de características crónicas que junto a su avanzada edad generan un estado de vulnerabilidad física con riesgo de sufrir alguna complicación médica, si bien en el momento actual se encuentra estable físicamente" y no observó riesgos vitales a medio o corto plazo.

El tribunal considera que, a la vista del informe médico forense, "el penado no se encuentra en un estado tal que le impida el cumplimiento del régimen penitenciario o que dicha enfermedad le haya sumido en un estado de postración tal que afecte a su dignidad al continuar en una institución penitenciaria".

Además, la jueza cita informes de la Junta de tratamiento que "apuntan circunstancias negativas de singular importancia que determinan la clasificación en segundo grado": en programas de tratamiento, Millet no ha realizado una asunción plena de los hechos cometidos, los ha minimizado y persiste en él cierta sensación de impunidad, en palabras de la magistrada.