Carme Forcadell junto a los miembros de Mesa del Parlament afectados por la querella del Tribunal Constitucional / EFE

Carme Forcadell junto a los miembros de Mesa del Parlament afectados por la querella del Tribunal Constitucional / EFE

Política

La juez pide a Forcadell que no enrede y rechaza archivar la causa

El TSJC rechaza la inviolabilidad parlamentaria alegada por la presidenta de la Cámara catalana

5 octubre, 2017 13:23

La magistrada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que investiga la querella contra Carles Puigdemont y Carme Forcadell ha negado la nulidad de las actuaciones solicitada por la presidenta del Parlamento catalán, a la que acusa de "provocar confusión" con sus recursos.

"Ya recogimos en nuestro auto de 6 de julio que la garantía de inviolabilidad parlamentaria que ahora se sostiene como motivo de nulidad —al igual que se hizo al plantear el recurso de queja— no podía ser analizada en la resolución de dicho recurso, porque, en realidad, el planteamiento de cualquier oposición de esta naturaleza —fuera de los casos en que no cabe otro modo de impugnación— debe limitarse a examinar si la inadmisión que se denuncia es ajustada o no a derecho, y, de no serlo, obliga al Juez a la tramitación de dicho recurso y su resolución. Y también dijimos que resolver de otro modo significaba utilizar el recurso de queja como recurso supletorio a la inadmisión del de apelación, lo que es, a todas luces, inadmisible".

Añade la magistrada del TSJC en el auto que "la reiteración de estos argumentos en el presente incidente de nulidad debe llevar al mismo resultado, además de que deviene obvio que si lo que se pretende es la impugnación del auto de 6 de julio —que se entiende por las recurrentes que es nulo— no cabe sino alegar argumentos de nulidad que se centren en lo dispuesto en dicho pronunciamiento, no en aquellos otros que se estima justificaban la solicitud de sobreseimiento peticionada a la Ilma. Instructora, porque ello hace perder la perspectiva de lo que, en realidad, se impugna, y sólo provoca confusión entre la petición de archivo de la causa principal y la solicitud de nulidad del auto dictado por este tribunal, respecto del cual, en definitiva, ningún argumento se esgrime que justifique la estimación de dicha nulidad, que, debe, por todo lo expuesto, ser rechazada".