El diputado del PDeCAT Francesc Homs (d) acompañado diputado de ERC Joan Tardá (i) se dirigirse a la sede del Tribunal Supremo que celebra la tercera y última jornada del juicio por desobedecer al Constitucional en la consulta del 9N  / EFE

El diputado del PDeCAT Francesc Homs (d) acompañado diputado de ERC Joan Tardá (i) se dirigirse a la sede del Tribunal Supremo que celebra la tercera y última jornada del juicio por desobedecer al Constitucional en la consulta del 9N / EFE

Política

El fiscal mantiene su petición de nueve años de inhabilitación para Homs por el 9N

La acusación pública asegura que la votación secesionista fue un "desafío a la legalidad y un pulso al Estado de derecho"

1 marzo, 2017 11:44

El fiscal Jaime Moreno ha elevado a definitiva su petición de nueve años de inhabilitación para el exconsejero Francesc Homs para el ejercicio de cargos públicos por los delitos de prevaricación y desobediencia al organizar la consulta del 9N, suspendida por el Tribunal Constitucional (TC).

El ministerio público considera que el actual portavoz en el Congreso del PDECat es autor o subsidiariamente cooperador necesario del delito de prevaricación y de desobediencia, por los que solicita la inhabilitación especial por siete años y medio y un año y un mes, más una multa de 30.000 euros, que responde a 200 euros al día durante cinco meses, respectivamente.

Nueve años

No obstante, el fiscal solicita que ambos delitos sean penados conjuntamente con la pena de nueve años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos.

El fiscal ha hecho pública sus conclusiones definitivas sobre el asunto durante la tercera y última sesión del juicio que acoge desde el pasado lunes el Tribunal Supremo contra el actual parlamentario del PDECat que en su declaración en calidad de investigado se escudó en la falta de claridad de la providencia del Tribunal Constitucional para justificar sus acciones.

La defensa de Homs, por su parte, ha pedido la absolución del exconsejero de Presidencia.

La intervención de los gestores públicos

En su informe final, el fiscal ha precisado que lo que se está analizando por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo "no es la intervención de los voluntarios ni la conducta de quienes en base a esa llamada acudieron a votar", sino cómo los gestores políticos de la Generalitat "se conciertan para hacer su propia voluntad frente a lo que ha establecido el máximo interprete de la Constitución".

"La democracia no es sino la sumisión de todos los poderes públicos a la ley", ha incidido el representante del ministerio público, que ha recordado que lo que hizo el Tribunal Constitucional fue dictar una medida cautelar, la suspensión de la consulta, mientras decidía sobre el fondo de la cuestión, es decir, sobre la constitucionalidad de la convocatoria.

"En definitiva, esa providencia priva a la comunidad autónoma de la competencia para celebrar la consulta mientras resolvía el fondo de esta cuestión", ha insistido en fiscal en referencia a la providencia dictada por el tribunal de garantías el 4 de noviembre de 2014. Dicha providencia fue recibido por el Govern, pese a lo que se decidió no paralizar el proceso y realizar "actos de impulso" de la convocatoria, que se acabó celebrando.