Política

El TSJC reconoce una indemnización por daños morales durante un parto

"Esperemos que con esta sentencia se vuelva a recordar el derecho indemnizatorio que existe en concepto de daños morales para aquellas familias en situaciones como éstas”, señala el abogado de la familia. La negligencia ocurrió en el Hospital Josep Trueta de Gerona, y la sentencia condena al ICS a pagar 80.000 euros por daños morales y 213.348 euros por las lesiones provocadas.

23 marzo, 2015 15:43

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado una condena anterior al Instituto Catalán de la Salud (ICS) que obligaba a indemnizar a a un menor que nació con lesiones debido a errores médicos durante el parto, en el Hospital Josep Trueta de Gerona, así como a sus padres, por "daños morales".

En concreto, el TSJC rechaza los recursos del ICS y de la aseguradora Zurich, y confirma que el sistema publico autonómico de salud debe indemnizar al menor con 213.348 euros, por las lesiones que padeció y que le provocaron una minusvalía reconocida, y a sus padres, por los daños morales, con 80.000.

Pocos precedentes de indeminzaciones por daños morales

La relevancia de la sentencia reside en que apenas existen antecedentes de indemnizaciones por daños morales a los padres. "Esperemos que con esta sentencia se vuelva a recordar el derecho indemnizatorio que existe en concepto de daños morales para aquellas familias en situaciones como éstas”, ha dicho Antoni Díaz Tarragó, abogado de la familia.

Según recoge la sentencia ahora ratificada por el TSJC, los médicos del Trueta optaron por no practicar una cesárea, a pesar de que era la opción más lógica. A consecuencias de los errores, reconocidos por el TSJC, el niño necesita una atención continuada y sufre una minusvalía reconocida del 33%. Por este motivo, la atención continuada durante toda la vida del niño, el juez que vio el caso en primera instancia determinó también que existen "daños morales" a los padres, cifrando la indemnización a los progenitores en 80.000 euros, que tendrá que abonar la aseguradora porque "la afectación psicológica a los padres es muy importante", remarca Díaz-Tarragó.

"Algo muy poco habitual"

"La atención a su hijo ha provocado una alteración substancial de la vida y convivencia derivada de los cuidados y atención continuada a su hijo menor de edad. El juez fija una indemnización por daños morales a los padres, algo que es muy poco habitual", señala el abogado de la familia.

Los hechos se produjeron en el año 2003, cuando la madre ingresó en el hospital el 24 de abril. El parto se complicó y, tras varias horas, los profesionales optaron por realizar la maniobra de Kristeler, que implica aplicar fuerza sobre el abdomen de la madre, y luego extraer el feto con fórceps. El juez determinó, en base a los informes periciales ahora ratificados, que los médicos incurrieron en una "concatenación de errores".

Los errores médicos

En primer lugar, por no "advertir la necesidad de una cesárea" dada la situación de estancamiento del parto y la desproporción entre el tamaño del feto y la pelvis de la madre. Luego, al utilizar una maniobra "inadecuada" y "totalmente desaconsejada" en el caso. Por último, por utilizar el fórceps de "forma violenta", lo que causó al feto una parálisis branquial del brazo superior.

El niño, que tiene ahora 12 años, sigue necesitando tratamiento de fisioterapia y está sometido a controles médicos periódicos hasta que termine su etapa de crecimiento. Camina con dificultad y sufre problemas de coordinación. Además, "no resulta descartable" que tenga que ser sometido a "nuevas intervenciones quirúrgicas", según la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 17 de Barcelona y el criterio del TSJC.

El niño ya ha tenido que pasar dos veces por el quirófano. "Lo grave de este caso es que ha dejado al paciente con secuelas de por vida, cuando la solución era una simple cesárea", ha afirmado el abogado que ha llevado el caso.