Los siete magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo han considerado que el exconsejero de Empresa Santi Vila cometió un delito de desobediencia.
En consecuencia, le condena una multa de 10 meses, con una cuota diaria de 200 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas no satisfechas, e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito estatal autonómico o local, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local, por tiempo de 1 año y 8 meses.

Comparte condena con Borràs y Mundó
El exconsejero de Empresa y Conocimiento no es el único que ha recibido esta pena. Sus excompañeros en la Generalitat Meritxell Borràs (en la Consejería de Gobernación) y Carles Mundó (de Justicia) también han sido condenados a la misma multa e inhabilitación por el Supremo.