Lucía Martín, concejal de Vivienda del Ayuntamiento de Barcelona / CG

Lucía Martín, concejal de Vivienda del Ayuntamiento de Barcelona / CG

Política

Barcelona expropia el derecho de uso de un piso vacío a un banco por primera vez

El consistorio de la capital catalana sancionará a otra entidad por la falta de ofrecimiento de alquiler social antes de iniciar un desahucio

21 junio, 2019 13:41

Primera expropiación forzosa del derecho de uso de un piso vacío perteneciente a un banco por parte del Ayuntamiento de Barcelona. Lucía Martín, concejal de Vivienda, ha anunciado la ejecución de esta medida a BBVA por "motivos de interés general".

El consistorio pasa a ser el titular del derecho de usufructo de esta vivienda, por lo que pasará a ser parte del parque municipal por un período de 10 años. Además, una segunda sociedad con gran cantidad de suelo en su poder será sancionada por no ofrecer alquiler social antes de iniciar un procedimiento de desahucio.

Piso vacío durante años

El ayuntamiento capitaneado por Ada Colau asegura que el piso llevaba más de dos años sin ser habitado y que contaba con los requisitos incluidos en la Ley 4/2016 de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial para hacer posible la expropiación.

El texto legal marca como necesario para ello que estas fincas se encuentren en zonas de fuerte demanda y gran necesidad, además de que estén inscritos o sean susceptibles de estarlo en el registro de pisos y casas vacíos de la Agencia de la Vivienda de Cataluña. En concreto, el piso expropiado se encuentra en el barrio del Besòs i el Maresme, en la calle de Palerm. 

Sanción por mal procedimiento

El ayuntamiento ha aprovechado esta comunicación para detallar que también sancionará a un segundo gran propietario de vivienda, aunque por un motivo diferente al que le ha hecho apropiarse de los derechos de uso de la finca de BBVA. En este caso, la sociedad no ofreció a los inquilinos del piso en cuestión un alquiler social antes de iniciar el procedimiento de desahucios en el barrio del Raval. Este paso previo es obligatorio, según se especifica en el artículo 5.2 de la Ley 24/2015 de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética. No ofrecer alquiler social a familias vulnerables puede ser una infracción grave y conllevar una multa de hasta 90.000 euros.

Tanto este artículo como el que ha hecho posible la expropiación fueron suspendidos por orden del Tribunal Constitucional (TC), quien contaba con dudas de la legalidad de ambas medidas. Esta suspensión fue, finalmente, desestimada a finales de enero de este año. 

Más de 300 casos abiertos

Según el Ayuntamiento, actualmente hay unos 300 casos abiertos que deberían ser objeto de ofrecimiento de alquiler social y que se encuentran en gestión. Martín ha insistido en que los grandes propietarios deben corresponsabilizarse de la situación de "emergencia habitacional que sufren muchas familias".

El consistorio asegura que la suspensión de la Ley 24/2015, retenida durante más de dos años por el TC --a instancias del Gobierno de Rajoy--, ha impedido aplicarla en 397 casos. En los nueve meses en los que estuvo vigente, la norma permitió detener 50 desahucios en Barcelona y convertirlos en alquiler social.