Entrada a la Audiencia Nacional, en Madrid / CG

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Política

Primer aviso de la Fiscalía de la Audiencia Nacional a Alemania por las euroórdenes

El Ministerio Público recuerda a la justicia alemana que gestiona una orden europea de detención sin entrar a valorar las pruebas

10 abril, 2018 16:41

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recordado este martes a las autoridades alemanas que "en ningún caso" entra a valorar el fondo a la hora de posicionarse durante las tramitaciones de las órdenes europeas de detención.

Así lo señala en un comunicado en el que explica que ha informado favorablemente ante el juzgado central de instrucción número 2 una orden europea de detención cursada por Alemania por unos presuntos delitos de contrabando y elusión fiscal contra un ciudadano con pasaporte británico.

No entra a valorar las pruebas

"La Fiscalía de la Audiencia Nacional, respetuosa para con el espíritu que debe presidir la interpretación de las órdenes europeas de detención y fiel al principio de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales, en ningún caso ha entrado a valorar la entidad de los elementos de prueba de que disponen las autoridades requirentes, como viene siendo habitual", ha manifestado.

Así lo ha manifestado el Ministerio Público después de que el Tribunal Regional Superior (OLG) de Schleswig-Holstein, en el norte de Alemania, acordara la libertad condicional del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, rechazando extraditarle por el delito de rebelión y cuestionando el de malversación.

Rebelión y malversación

Aunque los jueces alemanes reconocen que Puigdemont fue "corresponsable", al menos políticamente, de la generación de los costes del referéndum por un valor de 1,6 millones de euros, también señalan que lo expuesto por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena en la orden europea de detención "no satisface" las exigencias legales por no contender una "descripción suficiente" de las circunstancias en las que se produjeron los hechos.

En cuanto al delito de rebelión, el tribunal de Schleswig-Holstein explica que "el comportamiento del que es acusado el señor Puigdemont no es penalmente punible en Alemania" porque el delito alemán de alta traición --con el que se compara el delito español de rebelión-- requiere que haya una "violencia" tal sobre terceros que presione al "órgano constitucional" hasta el punto de doblegar su voluntad. "Este no es el caso aquí", sostiene. Aunque admite que "es cierto que el señor Puigdemont, como iniciador y defensor de la implementación del referéndum, debe ser considerado responsable de los actos de violencia cometidos el día del referéndum".