El presidente de la Generalitat, Quim Torra, impulsor de la embajada catalana en EEUU / EUROPA PRESS

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, impulsor de la embajada catalana en EEUU / EUROPA PRESS

Política

El artículo definitivo de la carta universal de Derechos Humanos que desmiente a Torra

El 'president' recurre a Naciones Unidas para justificar su desafío a la justicia, pero se olvida del último artículo que advierte contra la apropiación de la misma Declaración por una persona

25 marzo, 2019 00:00

En su desafío a la Junta Electoral Central (JEC), el presidente de la Generalitat Quim Torra ha recurrido a la carta universal de Derechos Humanos para denunciar una supuesta vulneración de su “derecho de libertad de opinión y expresión”. El mandatario catalán ha burlado a la justicia colgando otra pancarta del Palau de la Generalitat que reproduce un fragmento del artículo 19 de la declaración de Naciones Unidos que hace referencia a la libertad de expresión.

Sin embargo, Torra no ha leído el último artículo de la Declaración Universal de Derechos Humanos de Naciones Unidas que advierte del uso indebido de alguno de los artículos en interés propio. El artículo 30 concluye la carta afirmando que “nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración”.

Imagen de la nueva pancarta colgada en el Palau de la Generalitat / MARISA CALÉS

Imagen de la nueva pancarta colgada en el Palau de la Generalitat / MARISA CALÉS

Imagen de la nueva pancarta colgada en el Palau de la Generalitat

Torra utiliza la Declaración de la ONU para amagar con incumplir la ley de un país que acata esta Declaración desde 1979. De esta manera, instrumentaliza los artículos de dicha Declaración para atacar con "actos y actividades" de diversa índole a una democracia y a la mitad de los ciudadanos catalanes que no comulgan con su proyecto rupturista.

¿Derechos fundamentales?

En su momento, el secretario general de Naciones Unidas Ban Ki-Moon aseguró que Cataluña no entraba en la categoría de territorios con derecho de autodeterminación y que, en consecuencia, una declaración unilateral no podía ser considerada como legítima por parte de la comunidad internacional.

Parte de la estrategia del nacionalismo ha sido denunciar una vulneración de los derechos fundamentales en Cataluña por parte del Estado. Si ahora Torra denuncia la vulneración a la libertad de expresión y de opinión, durante el referéndum ilegal del 1 de octubre se amparaban en “los derechos de reunión y manifestación”. En esta línea, se denunciaron las cargas policiales durante la votación apelando a este supuesto derecho de los manifestantes. No obstante, el posicionamiento más reciente sobre este caso ha sido el de la juez de Manresa encargada de la investigación respecto a la actuación policial en la escuela de Castellgalí que se saldó con 16 heridos leves. La magistrada del juzgado de primera instancia ha archivado la causa contra los agentes y en su auto hace hincapié en que los derechos de reunión y manifestación "requieren que su ejercicio se ajuste a las prerrogativas de la ley", y que si se hacen fuera del cauce normativo y eso hace necesario que la policía actúe, no se puede hablar de lesión a un derecho fundamental”.

Incumplió el acuerdo con Marlaska

Con la llegada en Moncloa de Pedro Sánchez, el nuevo Ejecutivo socialista tendió puentes con el Govern para intentar restablecer el diálogo y recuperar la normalidad institucional que debe regir entre administraciones. En una de las reuniones con el ministro del Interior Fernando Grande-Marlaska, Torra se comprometió a retirar los símbolos partidistas de las fachadas de los edificios públicos como parte de un acuerdo político. Seis meses después, el president ha incumplido su acuerdo y ha vuelto a desafiar al sistema judicial.

Cada vez que la Junta Electoral Central se ha pronunciado sobre la presencia de simbolos partidistas en instituciones públicas o sobre el uso indebido en la propagación de mensajes desde cuentas oficiales ha determinado que se debe garantizar la neutralidad institucional. Esta vez, también el Síndic de Greuges --el Defensor del Pueblo en Cataluña-- ha compartido el criterio de la JEC al considerar que, en campaña electoral, con las elecciones del 28 de abril, hay que proteger todavía más la no injerencia partidista en las instituciones públicas. A este respecto, la Junta Central Electoral también ha reprendido a gobernantes de otro signo político por situaciones parecidas. Por ejemplo, cuando advirtió a la vicepresidente del Gobierno, Carmen Calvo, por usar las redes sociales del Gobierno contra otras formaciones políticas.

De acuerdo con la JEC no es un tema de “libertad de opinión ni de expresión”, sino de preservar la neutralidad de la institución.