La presidenta de la AEB, Ana Losada, en un acto de Escuela de Todos / EUROPA PRESS

La presidenta de la AEB, Ana Losada, en un acto de Escuela de Todos / EUROPA PRESS

Política

La AEB pide al TSJC que niegue la "imposibilidad legal" de cumplir el 25% de clases en castellano

La entidad probilingüismo reclama que se pregunte al Constitucional sobre el decreto de la Generalitat y, en caso de no ejecutarse la sentencia, propone que se indemnice a los alumnos

20 junio, 2022 17:06

La Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que declare que no existe ninguna "imposibilidad legal" para aplicar su sentencia firme que obliga a impartir al menos un 25% de las clases en castellano en el sistema educativo de la Generalitat, en contra de lo aducido por la Consejería de Educación del Govern secesionista para incumplirla, y que se escudó en ese argumento para, según sus palabras, "proteger los centros de las injerencias de los tribunales" y lo que llama "modelo de escuela catalana".

La AEB denuncia en su escrito que la Generalitat esgrimiera la imposibilidad de acatar una sentencia judicial firme tras aprobar un decreto ley que fija la "inaplicación" de porcentajes, aduciendo que se trataba de un "nuevo marco legal".

Ven desacato de la Generalitat

En su escrito ante el TSJC, la AEB apunta que la Consejería de Educación cree que, al suprimirse los porcentajes en la elaboración de los proyectos lingüísticos, como dice el decreto ley hecho a posteriori hace un par de semanas, "no resulta posible ejecutar la sentencia porque ésta obliga a que al menos un 25% de la docencia se imparta en cada una de las lenguas oficiales".

La entidad defensora del bilingüismo en Cataluña responde que alegar esa supuesta imposibilidad "no hace que la sentencia firme quede sin efecto o vea suspendida su ejecución", y atribuye este hecho a la expresa voluntad de desacato de la que ha hecho gala el Govern catalán.

La AEB recuerda que el fallo por el que el TSJC ordenaba ejecutar la sentencia implica una "obligación de resultado", consistente en hacer efectivo el uso vehicular de las lenguas oficiales en la programación general anual de las escuelas de la autonomía. Y advierte de que el decreto ley no puede alterar la interpretación de los tribunales acerca las normas que regulan el régimen lingüístico en la educación de Cataluña, y que son la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía de Cataluña.

Inconstitucionalidad

Asimismo, la AEB apunta que el decreto de la Generalitat "no imposibilita legalmente la ejecución de la sentencia", porque no afecta a ninguna de las normas que manejó el TSJC para fundamentarla, y los proyectos lingüísticos de los centros, que sí constan en el texto, no pueden cambiar el régimen jurídico.

"Cualquier interpretación o actuación a favor de la exclusión del castellano como lengua vehicular de enseñanza es contraria a la Constitución", añade la entidad, por lo que reclama al TSJC que, si entiende que el decreto ley del Govern puede impedir la ejecución de la sentencia, plantee cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional (TC).

Afán de incumplir una sentencia firme

Según la AEB, también se debe tener en cuenta que, según la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la inejecución de sentencias "es excepcional y en caso de imposibilidad legal sobrevenida, el tribunal debe adoptar las medidas que permitan dotar de la máxima eficacia posible en la sentencia".

En este sentido, la entidad probilingüismo señala que el TSJC "ha declarado que se debe asegurar el resultado de la sentencia y para ello basta con que Educación informe al Tribunal de la relación de asignaturas, materias o áreas que se van a dar en los centros educativos en las dos lenguas oficiales en la programación general anual y que haga cumplir las programaciones ajustadas al modelo constitucional".

La AEB también advierte de que el decreto ley "no responde a una situación de extraordinaria y urgente necesidad", si no que "entra a regular materias propias de Ley Orgánica (derecho a la educación) y, además, se ha promulgado con la intención de eludir el cumplimiento de una decisión judicial firme, vulnerando de esta forma la doctrina constitucional al respecto".

Indemnización para los alumnos por sus derechos lingüísticos

En cualquier caso, "en tanto el tribunal no declare la imposibilidad legal, la sentencia debe cumplirse y el planteamiento, en su caso, de la cuestión de inconstitucionalidad no suspendería el proceso de ejecución forzosa" para "garantizar a todos los alumnos el derecho a ser escolarizados en ambas lenguas oficiales con carácter vehicular en todo el sistema educativo catalán", según la entidad.

En el supuesto de que el TSJC "entendiera que existe imposibilidad legal de cumplimiento de la sentencia por la aprobación del decreto ley, la AEB propone que "sean resarcidos mediante la pertinente indemnización los alumnos que no han visto garantizados sus derechos lingüísticos por la actuación del Gobierno catalán".

Esa indemnización, según AEB, debería calcularse en base a todas las clases no recibidas en castellano desde el 25 de enero de 2022, día en que la sentencia era de obligatorio cumplimiento para la Generalitat, con un coste "que puede alcanzar cientos de miles de euros".